Ciudad con Zona de Bajas Emisiones · Análisis específico

ZBE Santa Coloma: multa a los de fuera, y al coche del IVTM local en 2028

Santa Coloma de Gramenet tiene 123.981 habitantes y una Zona de Bajas Emisiones que cubre todo su núcleo urbano, 4,2 km². La ordenanza, publicada en febrero de 2026, prohíbe entrar sin etiqueta los laborables de 7 a 20 horas, con multa de 200 euros. Pero a última hora se añadió una salvedad: los coches dados de alta en el impuesto de circulación del municipio no serán sancionados hasta el final de 2027.

Actualizado 2026-11-02 · ~1.700 palabras

Ilustración de una avenida con edificios de viviendas de Santa Coloma de Gramenet y una sierra al fondo, junto a una señal de zona de bajas emisiones y una cámara de matrículas

El Pleno aprobó el texto de forma definitiva el 18 de diciembre de 2025, y el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona lo publicó el 16 de febrero de 2026. Entró en vigor al día siguiente. Para escribir esta página hemos leído el texto íntegro, publicado en catalán. Es una ZBE municipal, distinta de la de las Rondas de Barcelona, aunque gestiona las autorizaciones con el mismo Registro metropolitano de la AMB.

La regla general

El artículo 6 prohíbe el acceso y la circulación por la zona a los vehículos «más contaminantes», y el artículo 7 limita la medida a los días laborables, de lunes a viernes, de 7 a 20 horas. Según el anexo 2, entran en esa categoría los vehículos de categoría L, M o N:

  • Desde la entrada en vigor, los que no tienen distintivo ambiental.
  • Desde el 1 de enero de 2028, también los de etiqueta B.

El anexo 1 fija el ámbito en la «totalidad del núcleo urbano residencial», el 100 % de la población residente, unos 4,2 km². No es, por tanto, un casco histórico que se pueda rodear: si tu destino está en la ciudad, estás dentro. El control es automático, con cámaras de lectura de matrículas y la plataforma tecnológica de la AMB (artículo 12), y la ordenanza prevé además que un episodio de contaminación declarado por la Generalitat active otras medidas.

La moratoria: el coche, no la persona

La prensa resumió el cambio de diciembre como una moratoria para los vecinos hasta 2028. Lo que dice el boletín es más preciso. Según la disposición transitoria segunda, el régimen sancionador «no entrará en vigor» hasta el 31 de diciembre de 2027 «para los vehículos que figuren dados de alta en el padrón del impuesto de vehículos de tracción mecánica» del Ayuntamiento. Es decir:

  • Un vecino con el coche dado de alta en Santa Coloma está protegido hasta esa fecha.
  • Un vecino con el coche domiciliado en otro municipio no lo está, aunque viva aquí. Si es tu caso, comprueba dónde paga el IVTM.
  • Según el texto, tampoco se distingue entre particulares y empresas: lo que cuenta es el alta en el padrón del impuesto.

No es una exención del todo: el coche sigue sujeto a la restricción, aunque sin multa. El Ayuntamiento explicó en diciembre, según Diari de Catalunya, que en esos dos años la ZBE tendrá un carácter «informativo y pedagógico» para los residentes, que la medida afecta a unos 1.300 vehículos y que estima que el 98 % de la flota ya cumple. Justificó la decisión por motivos de justicia social y por la falta de transporte público en los barrios de montaña. Si tu coche sin etiqueta está en ese grupo, usa ese margen: en 2028 la moratoria acaba justo cuando entra la etiqueta B.

¿Choca con la sentencia de Málaga?

La pregunta es razonable, porque el TSJA anuló en junio la zona de Málaga por tratar mejor a los vehículos del municipio que a los de fuera. Aquí hay un parecido evidente: el mismo coche, en la misma calle y a la misma hora, se libra de la multa o no según dónde pague el impuesto. Pero conviene no precipitarse. Esa sentencia es de otro tribunal autonómico, juzga otro texto, y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no se ha pronunciado sobre este, que sepamos. Santa Coloma lo plantea además como una medida transitoria y con fecha de fin, no como una exención permanente, y alega proporcionalidad y una «transición justa». Por eso entra en el grupo de zonas que analizamos en las ZBE que eximen a sus vecinos. Si te sancionan siendo de fuera, es un argumento que puedes plantear a un abogado, sin dar por hecho que prospere.

Si vienes de fuera: los 24 días

El artículo 11 permite una autorización diaria para «circulación esporádica», hasta un máximo de 24 días naturales al año por vehículo, consecutivos o no. También se incluyen ahí los coches clásicos e históricos. Hay dos pasos:

  1. El vehículo tiene que estar inscrito de forma válida en el Registro metropolitano de la AMB.
  2. La autorización se pide como máximo 24 horas después del acceso. Si fue por una urgencia médica acreditada, hay tres días, y presentar la solicitud en ese plazo suspende automáticamente la tramitación sancionadora hasta que se resuelva.

Si no estás registrado, hazlo antes del primer viaje, porque sin esa inscripción la autorización no vale. Un decreto de Alcaldía puede cambiar los 24 días si hay motivos justificados. Para conocer otras zonas del área metropolitana con cupos parecidos, consulta la ZBE de Barcelona y la de L'Hospitalet.

Quién más se libra

Sin cupo, previa inscripción en el Registro (artículo 10), quedan exentos los vehículos de transporte de personas con movilidad reducida, según la definición del reglamento de la AMB, como los de titulares con discapacidad igual o superior al 33 % que superen el baremo de movilidad o tengan la tarjeta de aparcamiento, o los de sus padres o tutores. También los servicios de emergencia y esenciales, el transporte de personas con enfermedades o discapacidades que condicionan el uso del transporte público, y las matrículas extranjeras que cumplan los requisitos de emisiones.

Con autorización específica (artículo 11):

  • Rentas bajas. Ingresos brutos anuales de la unidad familiar por debajo de 2 veces el IPREM para una persona; 2,5 para dos; 2,9 para tres; 3,3 para cuatro; 3,7 para cinco y 4 para seis o más. La autorización dura un año y se puede renovar.
  • Autónomos y trabajadores cerca de la jubilación. Si el vehículo del anexo 4 es necesario para trabajar y faltan como máximo cinco años de cotización. Se renueva cada año y acaba, como muy tarde, el 1 de enero de 2031 o al jubilarse.
  • Compra de un coche nuevo. Quien acredite la compra de un vehículo que cumpla, en los términos del reglamento metropolitano.
  • Tratamientos médicos periódicos, talleres que hagan pruebas de circulación y vehículos singulares del anexo 3, como autoescuelas de vehículos pesados o portacontenedores.

La multa

El artículo 15 califica la infracción de grave y fija 200 euros, conforme al artículo 80.1 de la Ley de Tráfico. Sube un 30 % en caso de reincidencia, es decir, más de una infracción de la misma naturaleza en un año, declarada por resolución firme. Lo recaudado debe destinarse a la movilidad sostenible. Con el descuento del artículo 94 de la ley, son 100 euros si se pagan en 20 días naturales, a cambio de renunciar a alegar; compara antes pagar con descuento o recurrir. Si te llega una multa, comprueba antes si tu coche tenía un alta en el IVTM local a la fecha de la infracción, y si tu acceso sigue dentro de los 24 días y del plazo de 24 horas.

Para comprobar tu coche en otras ciudades, usa la calculadora de ZBE por matrícula o consulta el calendario de las ZBE.

Preguntas frecuentes sobre la ZBE de Santa Coloma

Vivo en Santa Coloma y mi coche no tiene etiqueta. ¿Me pueden multar?

Hasta el 31 de diciembre de 2027, no, si el coche está dado de alta en el padrón del IVTM de Santa Coloma: la disposición transitoria segunda aplaza para esos vehículos el régimen sancionador. Lo que cuenta es dónde paga el impuesto el coche, no dónde estás empadronado. Si está domiciliado en otro municipio, la moratoria no le alcanza.

¿Multa ya a los coches de fuera?

La ordenanza lo permite desde que entró en vigor, el día siguiente a su publicación el 16 de febrero de 2026, porque el régimen sancionador entra en vigor con ella. No hemos encontrado datos oficiales de multas ni confirmación de las cámaras operativas, así que no podemos decir cuántas se han puesto.

¿Cuál es el horario?

Los días laborables, de lunes a viernes, de 7 a 20 horas (artículo 7). Fuera de ese horario, y los fines de semana y festivos, se puede circular sin esta restricción, salvo que se active una medida por un episodio de contaminación.

¿Cuántos días puedo entrar con un coche sin etiqueta?

Hasta 24 días naturales al año por vehículo, con autorización diaria. El vehículo debe estar inscrito en el Registro metropolitano de la AMB y la autorización se pide como máximo 24 horas después de entrar. Si fue por una urgencia médica acreditada, tienes tres días.

¿Cuándo le toca a la etiqueta B?

El 1 de enero de 2028, según el anexo 2. Desde ese día, los vehículos con distintivo B también tendrán la consideración de más contaminantes.

¿Hay alguna ayuda para rentas bajas?

Sí: una autorización de un año, renovable, si los ingresos brutos anuales de la unidad familiar no llegan a un múltiplo del IPREM que va de 2 veces para una persona a 4 para seis o más. Se tramita en el Registro metropolitano.

Fuentes y metodología

Verificado el 2 de noviembre de 2026 contra el texto de la ordenanza publicado en el BOPB. Las cifras sobre vehículos afectados son del Ayuntamiento, recogidas por la prensa.

Limitaciones: no hemos encontrado balance oficial de multas ni de cámaras activas, ni recursos judiciales concretos contra este texto. La comparación con Málaga es nuestra, y no un criterio de ningún tribunal catalán.

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