Ciudad con Zona de Bajas Emisiones · Análisis específico

ZBE Las Rozas: una zona que casi nunca se enciende

Las Rozas de Madrid, con 99.037 habitantes, tiene una de las zonas de bajas emisiones más extensas de la región sobre el papel: todo su suelo urbano. Y una de las que menos restringen en la práctica. Solo prohíbe la entrada a ciertos coches cuando la Comunidad de Madrid declara una alerta por contaminación, un nivel que, hasta donde sabemos, no se ha alcanzado desde que existe la zona. Ni siquiera entonces afecta a los vecinos.

Actualizado 2026-11-03 · ~1.200 palabras

Ilustración de una urbanización de chalés y bloques bajos con pinares y la sierra al fondo, con una señal de zona de bajas emisiones y un panel de aviso de contaminación en primer plano

El Pleno aprobó el 21 de noviembre de 2024 dos normas que hay que leer juntas: la ordenanza reguladora de la zona de bajas emisiones y la modificación del protocolo anticontaminación del municipio. El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid las publicó una detrás de otra el 4 de diciembre de 2024. La ordenanza entró en vigor quince días hábiles después, a finales de ese mes. Hemos leído las dos.

Todo el suelo urbano, ocho núcleos

El artículo 6 divide el municipio en ocho núcleos urbanos, del casco y El Abajón a Las Matas, Montecillo, El Golf o el Parque Empresarial, y la zona los abarca todos. Quedan fuera las zonas naturales, como los parques regionales de la Cuenca Alta del Manzanares y del curso medio del Guadarrama, la Dehesa de Navalcarbón y el entorno del arroyo Lazarejo, y las grandes vías de competencia supramunicipal: la M-505, la M-50 y la A-6 con sus vías de servicio. Se puede atravesar el término por la autovía sin entrar en la zona.

Solo en episodios de contaminación

La clave está en el artículo 8.2: se prohíbe el acceso, la circulación y el estacionamiento de los vehículos no autorizados «cuando apliquen las medidas específicas establecidas en el respectivo escenario del Protocolo Anticontaminación que esté activado en cada momento». El artículo 10.1 lo dice al revés: cuando no hay ninguna medida activa, entran todos los vehículos. Y el protocolo solo contempla restringir el acceso en el último de sus cuatro escenarios.

Escenarios del protocolo anticontaminación de Las Rozas y su efecto sobre el tráfico (artículos 4 y 5)
Escenario Cuándo se activa Qué cambia para el conductor
1 Un día por encima del nivel de información y preaviso (180 µg/m³ de NO₂ dos horas seguidas en dos estaciones) Solo información y recomendaciones
2 Dos días seguidos de preaviso, o uno por encima del nivel de aviso (200 µg/m³) Límite de 30 km/h en los núcleos afectados
3 Dos días seguidos por encima del nivel de aviso Límite de 30 km/h y recomendaciones sobre calefacción
4 Un día por encima del umbral de alerta (400 µg/m³ de NO₂ tres horas seguidas en una estación) Límite de 30 km/h y restricción de acceso por etiqueta

Los umbrales son los del protocolo marco de la Comunidad de Madrid para la Zona 4, «Aglomeración Urbana Noroeste», en la que está el municipio, y la activación depende de que la Comunidad se lo notifique al Ayuntamiento. En el escenario 4, la restricción alcanza siempre al vehículo sin etiqueta. Si el episodio se debe al dióxido de nitrógeno, también a la B y la C, de modo que solo pueden entrar los ECO y los 0. Si se debe a las partículas PM10 o PM2,5, a la B. Los ECO y los 0 entran en cualquier escenario, y los 0 pueden aparcar en zona regulada sin límite de tiempo.

El umbral de alerta, 400 microgramos por metro cúbico durante tres horas, es alto. Es el doble del nivel de aviso y no hemos encontrado ningún episodio en que se haya alcanzado en la zona noroeste desde que existe la ZBE. Por eso, en la práctica, la zona de Las Rozas funciona como un sistema de avisos y límites de velocidad, no como una restricción permanente.

Los vecinos, exentos con cualquier coche

El artículo 10.2 garantiza el acceso en los episodios, «independientemente del distintivo», a los servicios municipales y de emergencia, a las ambulancias y a los residentes «con independencia del tipo de vehículo». Y define al residente con dos condiciones: el coche debe estar de alta en el impuesto de circulación de Las Rozas, y el domicilio de su permiso de circulación debe coincidir con el domicilio habitual del titular en el padrón municipal. No hace falta vivir en un núcleo concreto: vale cualquier vecino del municipio.

Es el criterio de domicilio municipal que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía consideró discriminatorio al anular la zona de Málaga, como explicamos en las ZBE que eximen a sus vecinos. Llama la atención porque el propio artículo 9 de la ordenanza invoca la Ley 40/2015 para exigir la medida menos restrictiva «sin que en ningún caso se produzcan diferencias de trato discriminatorias». En Las Rozas la ventaja apenas se nota, porque la restricción casi nunca se activa. No conocemos ningún recurso contra esta ordenanza.

Quién más puede entrar en un episodio

Además de los residentes y los servicios de emergencia, pueden pedir el alta en el Registro de Vehículos Autorizados: vehículos adaptados para personas con movilidad reducida que lleven al titular de la autorización, taxis y VTC, transporte colectivo de trabajadores y escolar, servicios esenciales como alimentación, combustibles, telecomunicaciones, bancos o seguridad privada, usuarios y trabajadores de hoteles, grúas, mudanzas, carga y descarga, transporte funerario y otros casos justificados. Los taxis del área de prestación conjunta de Madrid no tienen que pedirlo: el Ayuntamiento los da de alta consultando los datos abiertos de la flota.

La multa y lo que dijo la Cámara de Cuentas

El artículo 15 fija la multa en 200 euros, como infracción grave del artículo 76.z3 de la Ley sobre Tráfico, con un incremento del 30 %, hasta 260 euros, por reincidencia en un año declarada en resolución firme. Con el descuento del artículo 94, 100 euros pagando en 20 días naturales y renunciando a alegar; compáralo en pagar con descuento o recurrir. El control lo puede hacer la Policía Local o un sistema automático de lectura de matrículas.

La Cámara de Cuentas de Madrid registró la zona en funcionamiento desde el 22 de febrero de 2025 y sin sanciones a 31 de marzo de 2025, porque no se había declarado ningún episodio. Su informe señala además que Las Rozas no elaboró una memoria económica del impacto presupuestario ni estudió el impacto social, de género y de discapacidad. Lo resumimos en las ZBE de la Comunidad de Madrid. Para comprobar tu coche en otras ciudades, usa la calculadora de ZBE por matrícula.

Preguntas frecuentes sobre la ZBE de Las Rozas

¿Puedo entrar en Las Rozas con un coche sin etiqueta?

Sí, cualquier día normal. La ordenanza solo prohíbe el acceso cuando está activa una medida de restricción del protocolo anticontaminación, y el protocolo solo restringe el acceso en el escenario 4, el de alerta por contaminación. En los escenarios 2 y 3 la medida es bajar la velocidad a 30 km/h.

¿Qué etiquetas se restringen en el escenario 4?

Siempre el vehículo sin etiqueta. Si el episodio es por dióxido de nitrógeno, también la B y la C, así que solo entran ECO y 0. Si es por partículas PM10 o PM2,5, la B además del sin etiqueta. Los vehículos ECO y 0 pueden entrar en cualquier escenario.

Vivo en Las Rozas. ¿Me afecta?

No. En los episodios, la ordenanza garantiza el acceso a los residentes con independencia del tipo de vehículo. Es residente el coche dado de alta en el impuesto de circulación de Las Rozas cuyo permiso de circulación tenga el mismo domicilio que el del titular en el padrón municipal.

¿Ha multado alguna vez la ZBE de Las Rozas?

No hemos encontrado constancia. La Cámara de Cuentas de Madrid registró la zona en funcionamiento desde el 22 de febrero de 2025 y sin sanciones a 31 de marzo de 2025 porque no se había declarado ningún episodio. No conocemos ninguna activación del escenario 4 desde entonces.

¿Cuánto es la multa?

200 euros, como infracción grave del artículo 76.z3 de la Ley sobre Tráfico, con un posible incremento del 30 % por reincidencia. Pagando en 20 días naturales y renunciando a alegar, 100 euros.

Fuentes y metodología

Verificado el 3 de noviembre de 2026 contra la ordenanza y el protocolo publicados en el BOCM.

Limitaciones: no hemos podido consultar el registro histórico de episodios declarados en la zona noroeste, de modo que la afirmación de que no se ha alcanzado el umbral de alerta se basa en no haber encontrado ninguno. Tampoco conocemos el estado de las cámaras.

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