Ciudad con Zona de Bajas Emisiones · Análisis específico

ZBE Alcalá de Henares: un protocolo por episodios y 4.719 multas

Los documentos del Ayuntamiento dicen que la zona de bajas emisiones de Alcalá solo restringe por etiqueta durante los episodios de alta contaminación por dióxido de nitrógeno. Pero la Cámara de Cuentas de Madrid le atribuye 4.719 multas desde diciembre de 2024, y Alcalá controla sus calles peatonales con cámaras y bolardos automáticos. Esta página explica las dos cosas y lo que no encaja entre ellas.

Actualizado 2026-10-11 · ~1.700 palabras

Ilustración de una plaza porticada de Alcalá de Henares con la fachada de la universidad histórica y nidos de cigüeña, y una señal de restricción de tráfico en primer plano

Alcalá no tiene una ordenanza específica de zona de bajas emisiones. La base jurídica es el título II de la Ordenanza de Movilidad y Transporte Urbano Sostenible, que el Pleno aprobó de forma definitiva el 21 de febrero de 2023 y que el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó el 29 de marzo de ese año. Su artículo 65 deja la delimitación de la zona, sus horarios y los vehículos afectados a un acuerdo de la Junta de Gobierno Local. Ese acuerdo se plasmó en un documento técnico de delimitación e implantación y un protocolo, que el gobierno municipal aprobó de forma definitiva a finales de 2024, según la prensa local. Para escribir esta página hemos leído la ordenanza publicada en el boletín, el documento técnico y el protocolo publicados en la web municipal de movilidad.

Una zona permanente con restricciones por episodios

La web municipal lo resume así: la ZBE «está actualmente activa e implantada en su totalidad y las restricciones de acceso y circulación se aplican en función de los episodios de contaminación y del tipo de vehículo». En sus preguntas frecuentes añade que la zona está activa permanentemente, las 24 horas, pero que las restricciones de acceso se aplican durante los episodios de contaminación.

El documento técnico concreta cuándo: el protocolo se activa cuando se supera el valor de 180 microgramos de dióxido de nitrógeno por metro cúbico durante dos horas consecutivas en la estación de medición de Alcalá de Henares. El umbral procede del protocolo de la Comunidad de Madrid para episodios de NO2, el Decreto 140/2017, y del protocolo local que la Junta de Gobierno aprobó en 2019 y actualizó en enero de 2020. La razón de elegir el NO2, explica el documento, es que es el único contaminante que se puede controlar directamente reduciendo el tráfico; las partículas no han superado los límites desde 2015.

Qué etiqueta pierde el acceso en cada nivel

El cuadro del protocolo distingue tres niveles de concentración y gradúa las medidas en la zona 1, la ZBE propiamente dicha:

  • Entre 180 y 200 µg/m³: los vehículos sin etiqueta no pueden acceder; los de etiqueta B pueden entrar pero no aparcar en la zona azul; C, ECO y 0, sin restricciones.
  • Entre 200 y 400 µg/m³: no entran ni los vehículos sin etiqueta ni los de etiqueta B; los C no pueden aparcar en la zona azul; ECO y 0, sin restricciones.
  • Más de 400 µg/m³ durante tres horas: no entran los vehículos sin etiqueta, B ni C; los ECO pueden circular pero no aparcar en la zona azul; los 0 emisiones no tienen restricciones.

Dicho de otro modo, un coche ECO no pierde nunca el acceso y uno eléctrico no tiene ninguna limitación. Aparte de la escala, la zona 0, la de las calles peatonales del casco, solo admite a residentes, servicios y carga y descarga, y en todo el municipio se aplican medidas generales como el límite de 30 km/h y las tarifas de aparcamiento regulado según la etiqueta.

Medio casco histórico y seis cámaras

La zona abarca 0,7414 kilómetros cuadrados, el centro antiguo de la ciudad y sus inmediaciones, y el viario con restricciones supone el 5,4 % del viario urbano. Según la web municipal, la delimitan, entre otras, la Vía Complutense, la calle Andrés Saborit, la avenida de Madrid, la plaza de la Puerta de Santa Ana, el paseo de los Curas, la plaza de la Puerta del Vado, la ronda de la Pescadería y las calles Carmen Descalzo, Basilios, Giner de los Ríos, Azucena y Sebastián de la Plaza. Las calles del perímetro son el límite y se puede circular por ellas, salvo señalización específica.

El documento prevé un sistema automático con seis cámaras de lectura de matrículas: en la calle Diego de Torres con la Vía Complutense, en la plaza de la Puerta de Aguadores, en la plaza de la Puerta del Vado, en el paseo de los Curas con la calle Vaqueras, en la avenida de los Reyes Católicos con la plaza de la Puerta de Santa Ana y en la avenida de Madrid. La prensa habló de siete al aprobarse el proyecto. Según la Cámara de Cuentas, el control se hace con cámaras de lectura de matrículas y, además, con barreras o bolardos automáticos y otros elementos físicos que impiden el tráfico en las calles estrictamente peatonales; Alcalá es el único de los municipios fiscalizados que los usa. En febrero de 2026 el Ayuntamiento licitó además el suministro y la instalación de cámaras y software de lectura de matrículas para el control de acceso de vehículos en el municipio, por 247.900 euros sin IVA.

4.719 multas: lo que dice la Cámara de Cuentas

El documento técnico prevé, desde su aprobación, un periodo de adaptación de dos años en el que «será la Policía Local la que controle el acceso en casos de altos niveles de contaminación». El informe de fiscalización que la Cámara de Cuentas de Madrid aprobó el 30 de junio de 2026 cuenta otra cosa. Con los datos que le facilitó el propio Ayuntamiento, sitúa la entrada en funcionamiento de la ZBE de Alcalá el 23 de diciembre de 2024, sin periodo transitorio, y la incluye entre los municipios que están aplicando las sanciones previstas desde esa fecha.

Su anexo 3 atribuye a la ZBE de Alcalá 4.719 sanciones, con 595.553 euros de ingresos reconocidos en 2024 y 155.428 euros en el primer trimestre de 2025, y una recaudación efectiva de 197.561 y 37.939 euros en esos mismos periodos: 235.500 euros cobrados de 750.981. Es la tercera cifra de la región, tras Madrid, con más de un millón de sanciones, y Rivas-Vaciamadrid, con 18.047.

El informe no desglosa a qué infracción corresponde cada multa, y las cifras son difíciles de casar con un protocolo que solo actúa en los picos de contaminación: los ingresos de 2024 son muy altos para una semana de funcionamiento. Lo que sí sabemos es que en la ZBE de Alcalá conviven el protocolo por episodios y la zona 0 de calles peatonales, cerrada salvo a residentes, servicios y carga y descarga, con cámaras y bolardos. La conclusión práctica es clara: no entres en las calles peatonales del casco sin autorización, tengas la etiqueta que tengas.

Excepciones: el documento propone, la ordenanza exige autorización

El artículo 75 de la Ordenanza de Movilidad enumera las excepciones posibles: personas con movilidad reducida, residentes «en determinados casos», transporte de personas con enfermedades que les impiden usar el transporte público, servicios de emergencia, limpieza, sanitarios y recogida de basura, y otros servicios esenciales. Su apartado 2 añade que para disfrutarlas «se deberá contar con una autorización expedida por el Ayuntamiento».

El documento técnico desarrolla esas excepciones como una propuesta: exención permanente para los vehículos de residentes en el área y de personas con movilidad reducida, autorizaciones diarias para vehículos contaminantes que entren de forma esporádica, con un límite de 20 días al año, permisos temporales para talleres de la zona, obras y tratamientos médicos, y moratorias de hasta seis años para profesionales de bajos ingresos, taxis, VTC y vehículos de mercancías. No hemos encontrado publicado el procedimiento para pedir estas autorizaciones ni el criterio que acredita la residencia.

La multa

El artículo 164 u) de la Ordenanza de Movilidad tipifica como infracción grave «no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones», y el artículo 166 remite la cuantía al artículo 80 de la Ley de Tráfico, que sanciona las graves con 200 euros. Ese es el origen de la cifra que circula, aunque el documento de la ZBE no la menciona. Si llegas a recibir una multa, la comparativa de pagar con descuento o recurrir te ayuda a decidir.

En el corredor del Henares conviven modelos muy distintos: Torrejón de Ardoz veta las 24 horas al coche sin etiqueta en su casco histórico, como explica la ficha de Torrejón, mientras que Alcalá ha optado por actuar solo en los picos. Para comprobar tu caso con la matrícula tienes la calculadora de ZBE por matrícula, y las fechas del resto de ciudades en el calendario de las ZBE.

Preguntas frecuentes sobre la ZBE de Alcalá de Henares

¿Puedo entrar en el centro de Alcalá con un coche sin etiqueta?

Según el documento de implantación y la web municipal, la restricción por etiqueta solo se activa cuando el dióxido de nitrógeno supera los 180 µg/m³ durante dos horas consecutivas, y en ese caso el coche sin etiqueta es el primero que pierde el acceso. Pero las calles peatonales del casco, la zona 0, solo admiten residentes, servicios y carga y descarga, con cámaras y bolardos, y la Cámara de Cuentas atribuye a la ZBE 4.719 sanciones desde diciembre de 2024. Si no tienes autorización, no entres en las calles peatonales con ningún coche.

¿Cuánto es la multa?

La Ordenanza de Movilidad califica como infracción grave no respetar las restricciones derivadas de los protocolos de contaminación y de las zonas de bajas emisiones (artículo 164 u) y remite la cuantía al artículo 80 de la Ley de Tráfico, que sanciona las infracciones graves con 200 euros. El importe no figura en el documento de la ZBE. Según la Cámara de Cuentas, el Ayuntamiento aplica sanciones desde el 23 de diciembre de 2024 y había impuesto 4.719, con 750.981 euros de ingresos reconocidos en 2024 y el primer trimestre de 2025 y 235.500 recaudados.

¿Qué pasa con la etiqueta B?

Durante un episodio de contaminación de más de 180 µg/m³, un coche con etiqueta B puede entrar, pero no aparcar en la zona azul. Si el nivel supera los 200 µg/m³, pierde también el acceso. Fuera de los episodios, circula con normalidad.

¿Los vecinos del centro están exentos?

El documento de la ZBE propone eximir a los vehículos de los residentes en el área, sea cual sea su etiqueta, pero la Ordenanza de Movilidad exige en su artículo 75.2 una autorización expedida por el Ayuntamiento para disfrutar de cualquier exención. No hemos encontrado publicado el procedimiento para pedirla ni si el criterio es el padrón o el impuesto de circulación. Lo que sí está claro es que la exención es para quien vive en la zona, no para todo el municipio.

Fuentes y metodología

Verificado el 11 de octubre de 2026 contra la Ordenanza de Movilidad publicada en el BOCM nº 75, de 29 de marzo de 2023, el documento definitivo de delimitación e implantación de la ZBE y su protocolo, la web municipal de movilidad, el informe de fiscalización de la Cámara de Cuentas de Madrid de 30 de junio de 2026 y el anuncio de licitación publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Limitaciones: no hemos localizado la publicación en el boletín del acuerdo de la Junta de Gobierno que aprueba el documento de la ZBE ni su fecha exacta, que conocemos por la prensa, ni la adjudicación del contrato de cámaras.

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