Ciudad con Zona de Bajas Emisiones · Análisis específico

ZBE Salamanca: en el centro no manda la etiqueta, manda el registro

Con una etiqueta Cero o ECO no se puede entrar sin más en el casco monumental de Salamanca: es una zona peatonal vigilada con lectores de matrícula, y se multa desde el 1 de octubre de 2025 a quien accede sin estar registrado. La restricción por etiquetas, la que la mayoría de los conductores da por hecha, no empieza hasta 2029 y en otra zona distinta.

Actualizado 2026-10-04 · ~3.000 palabras

Ilustración de una calle empedrada con fachadas de piedra dorada y torres al fondo, con una señal de acceso controlado y una cámara de lectura de matrículas, al estilo del casco histórico de Salamanca

La pregunta que se hace casi todo el que llega a Salamanca en coche es si su etiqueta le vale para el centro, y la respuesta corta es que no, porque no es una cuestión de etiquetas. La Zona de Bajas Emisiones 1, la única que hoy se vigila, coincide con el casco peatonal de la ciudad, y para entrar en ella con un vehículo hace falta estar registrado en la plataforma municipal o encajar en alguno de los supuestos que la ordenanza autoriza, lleve el coche el distintivo que lleve, incluidos el Cero y el ECO. Quien aparece en esas calles sin registro recibe una denuncia que el Ayuntamiento sustenta en el artículo 76.z3 de la Ley de Tráfico.

La confusión nace de que Salamanca llama «zona de bajas emisiones» a dos cosas con lógicas distintas, y de que el calendario por etiquetas, que sí existe, no se aplicará hasta el 1 de enero de 2029. Aquí explicamos cuál es cuál, qué dice el texto del Boletín Oficial de la Provincia frente a lo que cuentan la web municipal y parte de la prensa, cómo se registra un coche, cuánto se ha multado en el primer año y por qué el Procurador del Común puso por escrito, en enero de 2026, sus dudas sobre la ordenanza.

Dos zonas con el mismo nombre y reglas que no se parecen

La ordenanza de creación y gestión de las zonas de bajas emisiones de Salamanca se publicó en el BOP número 109, del 6 de junio de 2024. Su Anexo I define dos ámbitos. La ZBE 1, llamada zona monumental y presentada por el Ayuntamiento en su web como «zona peatonal», ocupa un primer anillo de unos 600.000 metros cuadrados que envuelve el casco histórico. La ZBE 2, o zona centro, es un segundo anillo de unos 1,5 millones de metros cuadrados que abarca todo el área hasta la primera ronda y las dos márgenes del Tormes entre los puentes de Enrique Estevan y de Sánchez Fabrés; el propio anexo cifra en 15.075 las personas que vivían en él con datos de 2022, algo más de una décima parte de la ciudad. Hay una duda menor de lectura: el boletín no desglosa la superficie de cada zona de forma expresa, y la equivalencia entre «primer anillo» y ZBE 1 es la que se desprende del texto.

La diferencia práctica es grande. En la ZBE 1 se entra con autorización, y esa autorización nada tiene que ver con el distintivo ambiental. En la ZBE 2 los vehículos Cero y ECO circulan sin registrarse, y la restricción por etiqueta, que es la que habitualmente se asocia a una ZBE, está programada para 2029. Mezclar las dos reglas es el error más repetido en las guías que circulan por internet.

ZBE 1 (zona monumental o peatonal) ZBE 2 (zona centro)
Superficie aproximada600.000 m² (primer anillo)1.500.000 m² (segundo anillo)
Quién entra hoySolo registrados o con supuesto autorizado, con cualquier etiquetaTodos: sin restricción por etiqueta hasta 2029
Vehículos Cero y ECONecesitan autorización igual que el restoSin autorización
Se multaSí, desde el 1 de octubre de 2025No: sus normas de acceso se aplican desde el 1 de enero de 2029
VigilanciaLectores de matrícula en los accesosAún no aplicable: entra en vigor el 1 de enero de 2029

Por dónde pasa la línea de la zona peatonal

El perímetro de la ZBE 1 que recoge el Anexo I arranca en la puerta de Zamora y recorre, entre otras vías, la avenida de Mirat, la plaza de España, la Gran Vía, la calle Caldereros, la plaza de Colón, la calle San Pablo, el paseo del Rector Esperabé, el paseo de San Gregorio, la cuesta de San Blas, la calle Fonseca, la calle Ramón y Cajal, el paseo de Carmelitas, la plaza de la Vera Cruz Verdadera, la calle Santa Teresa y la calle Reyes Católicos. Lo importante es que las propias vías del perímetro quedan excluidas: se puede circular por ellas sin que el sistema registre un acceso, y la infracción se produce al cruzar hacia el interior. En la ZBE 2 el criterio es parecido, con la salvedad de tres tramos del perímetro que sí se incluyen: el paseo del Rector Esperabé entre la puerta de San Pablo y la glorieta de Ciudad de Brujas, la avenida de Reyes de España y el puente Enrique Estevan.

El Ayuntamiento ofrece un plano descargable de la zona peatonal con la ubicación de las cámaras en su página de acceso a la zona peatonal. No publica, en las páginas que hemos consultado, el número oficial de lectores. Un resumen de búsqueda hablaba de 31, pero no hemos podido contrastarlo con el artículo original, así que no lo damos por bueno.

Cómo se entra con el coche: registro, invitaciones y la regla de las 72 horas

La web municipal define el sistema con una frase que desmiente cualquier alarma: la única diferencia respecto a la situación anterior es que los accesos pasan a controlarse con lectores de matrícula. Quien tiene derecho a entrar se da de alta, y quien no lo tiene pide una autorización. El trámite se hace en la plataforma zbe.aytosalamanca.es, con un formulario de registro que valida la Policía Local y que devuelve un correo con usuario y contraseña; desde ese espacio se gestionan después las matrículas. Para dudas, el Ayuntamiento atiende en zbe@aytosalamanca.es y en el 923 27 91 99, y en la sede de la Policía Local de la avenida de la Aldehuela, de 8:30 a 14:00.

Sin trámite previo entran las bicicletas, los ciclos y los vehículos de movilidad personal, y los empadronados dentro de la ZBE 1; según la web municipal, el empadronado que paga el impuesto de circulación en Salamanca se da de alta automáticamente. El resto de supuestos exige registro. Con autorización indefinida y sin calendario aparecen los servicios públicos esenciales, las Fuerzas Armadas y los servicios de emergencia, quienes tienen plaza de garaje en la zona como propietarios o arrendatarios, los vehículos históricos y los que trasladan a titulares de tarjeta de movilidad reducida. Con autorización por finalidad y sujetos al calendario de etiquetas figuran los taxis y vehículos de alquiler con conductor, la carga y descarga, las urgencias de suministros, las mudanzas, los funerarios, los aparcamientos públicos, las empresas y profesionales que prestan servicios o entregan suministros y los turismos de empresas y autónomos con local u oficina dentro. Y con autorización temporal están los clientes de alojamientos turísticos con aparcamiento autorizado, quien va al hospital, a una cita médica o al veterinario, los actos en la vía pública, los invitados de empadronados o de empresas con local y la recogida de alumnos de infantil, primaria y secundaria con necesidades especiales.

En la práctica, el visitante tiene tres vías. Los aparcamientos públicos registran el vehículo de forma automática al acceder, los hoteles y apartamentos turísticos dan de alta a sus clientes, y los colegios registran a los padres durante el horario escolar. Para los demás motivos hay invitaciones: según Salamancahoy (28 de febrero de 2025), cada usuario autorizado puede invitar hasta 20 vehículos al mes y las autorizaciones temporales llegan a los 30 días, aunque la ordenanza no recoge esas cifras, que dependen de instrucciones municipales y pueden variar. Hay además una salvaguarda para las urgencias: si alguien entra sin haber podido registrarse, dispone de 72 horas posteriores para justificarlo en la plataforma o por correo electrónico, según la página municipal de acceso a la zona peatonal.

Del aviso a la multa real: lo que pasó entre julio de 2025 y hoy

Los lectores de matrícula empezaron a funcionar el 1 de julio de 2025, pero hasta el 30 de septiembre el Ayuntamiento los usó en periodo de aviso, con cartas informativas y denuncias sin importe. Las sanciones reales llegaron el 1 de octubre de 2025, como anunció La Crónica de Salamanca ese mismo día. Según Salamancahoy (28 de septiembre de 2026), las unas 42.000 denuncias del periodo de aviso no se ejecutaron: se fueron, en sus palabras, al limbo.

El arranque fue áspero. Salamancahoy informó el 8 de mayo de 2026 de que el Ayuntamiento había perdonado unas 15.000 multas del comienzo tras depurar las cámaras, y de que en los primeros seis meses quedaron casi 4.000 sanciones efectivas y unos 190.000 euros, frente a las unas 20.000 que se habían estimado. Desde entonces el cumplimiento ha mejorado con rapidez. Según el balance del primer año que publicó el mismo diario, los accesos sin registro pasaron del 2,46 % de octubre de 2025 al 0,82 % de agosto de 2026, con un mínimo del 0,41 % en junio, sobre unos 33.000 vehículos registrados y entre 8.500 y 10.000 accesos diarios. Dicho de otro modo, la inmensa mayoría de los coches que entran en la zona peatonal lo hace ya con el alta correspondiente, y quien se salta el trámite es una minoría cada vez más pequeña, por lo general visitante.

Esa trampa para el forastero fue el asunto que La Gaceta de Salamanca explicó el 6 de septiembre de 2026, en vísperas de las fiestas: el visitante que ve en su parabrisas una etiqueta Cero o ECO tiende a creer que ha superado el requisito, cuando la etiqueta no es un permiso para atravesar una zona peatonal.

Cuánto se paga, y por qué la cifra no es tan sencilla

El preámbulo de la ordenanza declara que su régimen sancionador se sustenta «exclusivamente en el apartado Z3 del artículo 76», es decir, en las infracciones graves de la Ley de Tráfico, y los artículos 15 y 16 remiten a esa ley. El texto no fija el importe. La cifra de 200 euros, con un 50 % de reducción si se paga en 20 días, es la que el Ayuntamiento dio cuando presentó la plataforma, según Salamancahoy del 28 de febrero de 2025, y la que recogió La Crónica de Salamanca el día de las primeras sanciones. Hay, sin embargo, una anomalía: Salamancahoy, en sus artículos del 8 de mayo y del 28 de septiembre de 2026, habla de multas de 100 euros y de un descuento del 50 % sobre ellos. Lo más probable es que el medio se refiera al importe ya reducido, pero no hemos podido confirmarlo en sede electrónica, de modo que lo prudente es leer la cuantía en la propia notificación.

Tampoco consta en las fuentes que hemos revisado si la infracción lleva detracción de puntos, así que no lo afirmamos. Si ya tienes una denuncia, la calculadora de multa con plantilla de recurso te ayuda a ordenar los argumentos, y el planteamiento de recurso por residente no registrado sirve cuando el fallo es administrativo y no de fondo.

El calendario por etiquetas del BOP: 2029 sin etiqueta, 2034 B y 2039 C

Los conductores que preguntan por la etiqueta buscan en realidad esto. El Anexo I del BOP incluye, para cada zona, una tabla idéntica para vehículos de hasta 3.500 kilos y para los de entre 3.500 y 18.000 kilos y los autobuses. Todas las celdas de acceso permitido indican 24 horas, de modo que no hay franjas: la regla rige todos los días y a todas las horas. Las franjas de carga y descarga se remiten a la Ordenanza de Tráfico y al Bando de Carga y Descarga.

Periodo Cero y ECO C B Sin etiqueta
Hasta el 31 de diciembre de 202824 h24 h24 h24 h
1 de enero de 2029 a 31 de diciembre de 203324 h24 h24 hNo permitido
1 de enero de 2034 a 31 de diciembre de 203824 h24 hNo permitidoNo permitido
Desde el 1 de enero de 203924 hNo permitidoNo permitidoNo permitido

Hay dos cautelas que casi nadie añade. La primera: la tabla solo se aplica a las categorías que el Anexo II somete al calendario, como los servicios básicos, los taxis, la carga y descarga, las empresas y profesionales o los aparcamientos, y no a los residentes ni a los vehículos con autorización registral indefinida. La segunda: el calendario es idéntico para las dos zonas, pero en la ZBE 1 sigue siendo necesario el registro con cualquier etiqueta, de modo que para el visitante la tabla no cambia el requisito de fondo.

La web del Ayuntamiento y su díptico de las diez preguntas cuentan este calendario de otra manera: hablan de que en 2029 no podrá entrar la etiqueta A, en 2034 las A y B, y en 2039 solo las Cero y ECO. Es decir, emplean «A» donde el BOP dice «sin etiqueta» y no mencionan la C. La Tribuna de Salamanca fue más allá en su crónica del 23 de junio de 2024 y afirmó que en 2029 no podrían acceder los vehículos de etiqueta B, algo que el texto publicado no dice. Hemos tomado como referencia el boletín: 2029 sin etiqueta, 2034 también la B y 2039 también la C. Si tu coche es B o C, tienes años por delante, pero no los mismos que sugiere la prensa. Para saber qué etiqueta corresponde a tu matrícula, usa la calculadora ZBE o repasa cómo solicitar la etiqueta ambiental.

El escrito del Procurador del Común: qué dice y qué no

El 16 de enero de 2026 el Procurador del Común de Castilla y León dictó una resolución sobre la ordenanza de Salamanca, expediente 1687/2025, a raíz de la queja de un ciudadano. El denunciante sostenía que las restricciones eran desproporcionadas porque se basaban en el lugar de empadronamiento y no en las emisiones reales, que la ordenanza carecía de datos específicos sobre contaminación en Salamanca y que el procedimiento para solicitar autorizaciones excepcionales generaba inseguridad jurídica, sobre todo por el envío de documentación por correo electrónico.

La institución no se limitó a esos puntos. Su argumentación jurídica recordó que la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León había establecido que una ordenanza de ZBE exige un Plan de Movilidad Urbana Sostenible previamente aprobado que la contemple, y que fue esa ausencia la que llevó a anular las de Ávila y Segovia. Señaló que en el expediente salmantino no constaba ese plan ni que el proyecto técnico de delimitación se hubiera sometido a consulta pública antes de la aprobación inicial; que se aprobó la ordenanza sin datos propios de calidad del aire, dejando para después la instalación de sensores; que faltaba un análisis del impacto económico sobre los sectores más vulnerables; y que no se habían valorado alternativas menos restrictivas. La propuesta era que el Ayuntamiento evaluara en cuatro meses si la ordenanza cumplía las exigencias legales y de jurisprudencia y, en su caso, suspendiera su aplicación y subsanara los defectos.

El Ayuntamiento respondió con dos informes recogidos en la propia resolución. Defendió que había seguido todo el procedimiento legal con la ordenanza tipo de la Federación Española de Municipios y Provincias, que las restricciones no eran desproporcionadas porque la zona es mayoritariamente peatonal y se mantienen los accesos de residentes, titulares de garaje y personas con movilidad reducida, que había usado los datos de calidad del aire de la Junta de Castilla y León y que instalaría sensores propios, y que en la mayoría de los casos serían los establecimientos comerciales quienes gestionaran las invitaciones, de modo que apenas haría falta aportar documentación privada. La ficha del Procurador anota la contestación como «rechazada», es decir, el Ayuntamiento no aceptó la sugerencia.

Conviene medir bien el alcance. La resolución no tiene fuerza vinculante, no suspende la ordenanza ni impide que se cobren las sanciones. A fecha de 4 de octubre de 2026 no consta que el Ayuntamiento haya suspendido o modificado nada tras vencer el plazo de cuatro meses, ni existe un recurso contencioso ni sentencia que afecte a la ordenanza de Salamanca. La oposición socialista pidió corregirla, según Salamancahoy del 30 de enero y el 4 de febrero de 2026. El contexto, eso sí, no es indiferente: el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló la ZBE de Segovia el 21 de mayo de 2025 y otra sentencia hizo lo propio con la de Ávila, mientras que ese mismo tribunal desestimó, según la prensa de julio de 2026, el recurso de los ecologistas contra la de Valladolid. Para quien quiera comparar, la ZBE de Valladolid está analizada aparte. Por ahora, lo prudente es asumir que la ordenanza está vigente y que se aplica.

Dónde dejar el coche y qué hacer si ya te han denunciado

Si vas a Salamanca como visitante y no tienes alojamiento con aparcamiento autorizado, la opción más sencilla es dejar el coche en un aparcamiento público: el registro se hace solo al entrar y la regla de las 72 horas respalda las urgencias. Si te alojas en un hotel o apartamento turístico, pregunta si registran tu matrícula antes de llegar; la ordenanza prevé que los hoteles registren a sus clientes, pero conviene confirmar que lo han hecho, porque el fallo de comunicación es la causa más frecuente de denuncias evitables.

Si la notificación llega igualmente, comprueba la fecha y la hora del acceso, contrasta que la matrícula estaba registrada en ese momento y reúne el justificante de la causa: una cita médica, un resguardo, la confirmación del hotel. Muchas denuncias se anularon en 2026 al acreditar que el acceso estaba justificado, según la prensa local. Para detalles sobre cómo funcionan los lectores y cómo comprobar si te han multado, consulta cómo controlan las ZBE con cámaras.

Preguntas frecuentes sobre la ZBE de Salamanca

Tengo etiqueta ECO o 0, ¿puedo entrar con el coche al centro de Salamanca?

No por el hecho de tener la etiqueta. La zona monumental, que es la ZBE 1, coincide con el casco peatonal y está vigilada con lectores de matrícula: solo entra quien está registrado en la plataforma municipal o quien tiene un motivo recogido en la ordenanza, como vivir empadronado dentro, tener plaza de garaje, ir a un aparcamiento público o alojarse en un hotel que registre su matrícula. La etiqueta de la DGT no funciona como permiso, y así lo explicó La Gaceta de Salamanca el 6 de septiembre de 2026 a propósito de los visitantes de las fiestas. La etiqueta sí importará en la ZBE 2, pero no hasta el 1 de enero de 2029.

Voy de visita a un hotel, a un aparcamiento o al médico, ¿qué tengo que hacer?

Depende del destino. En los aparcamientos públicos de la zona el registro es automático al acceder; los hoteles y los apartamentos turísticos registran las matrículas de sus clientes; los colegios hacen lo mismo con las familias en el horario de entrada y salida. Para otros motivos, como una cita médica o una visita a un residente, hay que pedir una autorización temporal o una invitación en zbe.aytosalamanca.es, la plataforma municipal, que valida la Policía Local. Y si la urgencia no permite registrarse antes, la página municipal de acceso a la zona peatonal concede 72 horas posteriores para justificar el acceso en la plataforma o por correo electrónico.

¿Cuánto cuesta la multa y puedo recurrirla?

La ordenanza no fija el importe: remite a la Ley de Tráfico y a su artículo 76.z3, infracción grave. La cifra de 200 euros, con 100 euros si se paga en 20 días, procede del Ayuntamiento cuando presentó la plataforma (Salamancahoy, 28 de febrero de 2025) y de La Crónica de Salamanca del 1 de octubre de 2025; algunos artículos de 2026 hablan de una multa de 100 euros, probablemente el importe ya reducido, así que conviene confirmar la cuantía en la propia notificación. Si la entrada estaba justificada, la regla de las 72 horas permite alegarlo, y la prensa local informó en 2026 de que muchas denuncias se anularon por esa vía. Sobre la legalidad de la ordenanza, no hay sentencia que la anule: existe solo la sugerencia del Procurador del Común, que no impide pagar ni suspende las sanciones.

¿Cuándo se multará por etiqueta ambiental en Salamanca?

No antes del 1 de enero de 2029, y solo en la ZBE 2. Según el calendario del Anexo I del BOP de Salamanca, a partir de esa fecha quedan fuera los vehículos sin etiqueta; desde el 1 de enero de 2034 se sumará la B y desde el 1 de enero de 2039 la C, de modo que solo podrán entrar los vehículos Cero y ECO. La web municipal y su díptico describen el calendario con «etiqueta A» y sin mencionar la C, y una noticia de 2024 llegó a anunciar el veto de la B para 2029: el texto que vale es el del boletín. Además, esas fechas se aplican a las categorías sujetas al calendario, no a los residentes.

¿Está anulada o suspendida la ZBE de Salamanca como las de Ávila y Segovia?

No. A 4 de octubre de 2026 no consta ningún recurso contencioso ni sentencia contra la ordenanza de Salamanca, ni que el Ayuntamiento la haya suspendido o modificado. Lo que sí existe es la resolución del Procurador del Común de 16 de enero de 2026, que cita las anulaciones de Ávila y Segovia por falta de un Plan de Movilidad Urbana Sostenible previo y sugiere al Ayuntamiento revisar la ordenanza. El Ayuntamiento la rechazó. Es un riesgo jurídico real, pero todavía no una anulación.

Fuentes y metodología

  • Ordenanza municipal de creación y gestión de las zonas de bajas emisiones del municipio de Salamanca, BOP de Salamanca nº 109, 6 de junio de 2024 (CVE BOP-SA-20240606-001), copia municipal: PDF de la ordenanza (perímetros, calendario, autorizaciones y régimen sancionador; consultada el 4 de octubre de 2026).
  • Ayuntamiento de Salamanca, Zona de bajas emisiones y Acceso a la zona peatonal (registro, plataforma, regla de las 72 horas; consultadas el 4 de octubre de 2026).
  • Ayuntamiento de Salamanca, díptico «10 preguntas» (calendario por etiquetas tal como lo cuenta el Ayuntamiento).
  • Procurador del Común de Castilla y León, resolución de 16 de enero de 2026, expediente 1687/2025.
  • Prensa citada, con su fecha: La Crónica de Salamanca, 1 de octubre de 2025 (enlace); La Gaceta de Salamanca, 6 de septiembre de 2026 (enlace); El Español, 26 de enero de 2026 (enlace); Diario de Castilla y León, 21 de mayo de 2025, sobre la anulación de la ZBE de Segovia (enlace); Salamancahoy, 28 de febrero de 2025, 30 de enero, 4 de febrero, 8 de mayo y 28 de septiembre de 2026, y Tribuna de Salamanca, 23 de junio de 2024 (cifras de balance, importes y posiciones políticas; Tribuna, el calendario anunciado en 2024).
  • Régimen sancionador: artículo 76.z3 del Real Decreto Legislativo 6/2015, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Verificado el 4 de octubre de 2026 contra la ordenanza publicada en el BOP de Salamanca n.º 109, de 6 de junio de 2024; las ZBE cambian, revisamos esta página cada trimestre. No hemos podido confirmar con fuente oficial el importe exacto de la sanción (la ordenanza no lo fija), el número de cámaras instaladas ni si la infracción detrae puntos, y por eso no los damos como cifras cerradas. Tampoco hemos leído línea a línea los capítulos II y III del articulado, ni el plano de cámaras que publica el Ayuntamiento.

Continuar