Ciudad con Zona de Bajas Emisiones · Análisis específico

ZBE San Fernando: libre de día, sin etiqueta B de noche

La mayoría de las zonas de bajas emisiones restringen en horario laboral. La de San Fernando hace casi lo contrario: de día deja pasar a todos y, de noche, prohíbe los coches con etiqueta B y los que no tienen distintivo. Con 44,7 hectáreas del centro afectadas y una multa de 200 euros, es de las pocas ordenanzas que veta la B desde su primera fase. Sigue sin estar claro cuándo arranca, y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ya ha admitido un recurso contra ella.

Actualizado 2026-11-02 · ~1.400 palabras

Ilustración de una calle de San Fernando al anochecer con edificios blancos y un observatorio al fondo, junto a una señal de zona de bajas emisiones y una cámara de control

El Pleno aprobó la ordenanza de forma definitiva el 26 de diciembre de 2025, tras estimar en parte las alegaciones al texto inicial de septiembre, y el Boletín Oficial de la Provincia la publicó el 19 de febrero de 2026, anuncio 16.818. Para esta página hemos leído ese texto. La ciudad, con 93.338 habitantes según el padrón del INE de 2025, está obligada por la ley a tener una zona de bajas emisiones.

Las dos fases, hora a hora

El artículo 7 y el anexo 1 organizan la restricción en dos fases, con la aplicación descrita como continua:

Fase Sin restricción Prohibidos B y sin etiqueta
Primer año desde la implantación De 7 a 20 h De 20 a 7 h
Desde el segundo año, hasta su revisión De 7 a 15 h De 15 a 7 h

En las franjas restringidas pueden entrar sin trámite los coches con etiqueta C, ECO y 0. La ordenanza no distingue días de la semana. Cuando llegue la segunda fase, un coche con etiqueta B podrá ir por la mañana al centro, pero no por la tarde, y eso afecta más que el primer horario a quien sale a comprar o a cenar.

Hay una rareza en la redacción. El artículo 7 separa «autobuses, vehículos de mercancía y taxis» del «resto de vehículos» y aplica a ambos la misma regla, palabra por palabra. Puede que el borrador previera diferencias que no llegaron al texto final; a efectos prácticos, no hay trato distinto por tipo de vehículo salvo las exenciones del anexo 2, entre las que están los taxis y el transporte público.

La fecha que falta

Los dos horarios cuentan «desde la implantación de la ZBE», pero la ordenanza no pone una fecha a esa implantación. El artículo 5.2 se limita a decir que se procederá a ella con la entrada en vigor, y la disposición final segunda vincula esa entrada a la publicación y al plazo legal de comunicación a otras administraciones. Hemos buscado un anuncio del Ayuntamiento con el inicio del control y no lo hemos encontrado.

Tampoco hay un colchón en el texto: no contiene una disposición transitoria, ni moratoria, ni periodo de avisos, a diferencia de la vecina Chiclana, que aplazó las multas un año. Eso no impide que el gobierno local decida empezar con avisos, pero no está escrito. Lo más práctico si circulas por el centro es fijarte en la señal de los accesos: el artículo 6 obliga a indicar en ella qué vehículos no pueden pasar. Si el control ya está en marcha, un acceso prohibido puede acabar en sanción.

Qué calles afecta

La zona ocupa unas 44,7 hectáreas, el 6,8 % del suelo urbano consolidado, y comprende todas las vías interiores del perímetro. El anexo 1 traza ese perímetro por Plaza del Castillo, Escaño, Colón, Constructora Naval, González Hontoria, Rosario, Veinticuatro de Septiembre de 1810, Cayetano del Toro, Hermanos Laulhé, Arenal, Sánchez Cerquero, Calderón de la Barca, San Marcos, Cecilio Pujazón, Colegio Naval Sacramento, Marismas, Arnesto, Benjamín López, San Juan de la Cruz, Santo Entierro, Batallones de Marina, Lauría, Olivarillo, San Bruno, Lezo, Veracruz, Doctor Celier, Lanuza, Bravo, Peces Casas, Pérez Galdós y Jardinillo, entre otras. Para comprobar una dirección concreta conviene mirar los planos del boletín, porque el texto no aclara con esa lista si cada calle del borde queda dentro o fuera.

El control es automático: el artículo 11 prevé un sistema de comprobación de matrículas que no necesita captar a los ocupantes. No hemos encontrado cuántas cámaras tendrá ni dónde estarán.

Quién entra a cualquier hora

Sin trámite (anexo 2, apartado a) pasan los servicios médicos y municipales, protección civil, bomberos, policía, transporte público colectivo, taxis, seguridad privada y servicios funerarios, además de bicicletas y vehículos de movilidad personal. Con autorización municipal (apartado b), «independientemente del horario y del distintivo», pueden entrar:

  • Residentes en el área afectada y quienes los atienden por motivos sociosanitarios. El texto se remite al Registro Municipal de Vehículos y pide por sede electrónica el documento de identidad, el permiso de circulación o último recibo del IVTM y un certificado de empadronamiento, o un documento laboral como el contrato, el TC-2 o la nómina, de modo que el trabajo en la zona también parece admitirse como motivo.
  • Personas con movilidad reducida o tratamientos periódicos, y familiares o cuidadores de personas con dependencia reconocida, con un vehículo por persona dependiente.
  • Titulares de plaza de garaje, propietarios, arrendatarios o concesionarios, con el recibo del IBI o el contrato.
  • Empresas y servicios técnicos, incluidas mudanzas, catering y mensajería. Tras el alta, deben enviar la orden de trabajo con 48 horas de antelación, o después si es urgente.
  • Hoteles y apartamentos, para cargar y descargar el equipaje, con la reserva. Los clientes de un alojamiento con aparcamiento pueden entrar y salir de él.
  • Carga y descarga, en los horarios señalizados y con autorización.
  • Aparcamientos públicos, con control por cámaras de doble lectura de matrículas.

No hay un cupo anual de días para visitantes. El artículo 7.5 admite autorizaciones excepcionales por interés general mediante resolución motivada de la Alcaldía, pero no es un pase que se pida por conveniencia. Las autorizaciones del registro son temporales, «hasta una fecha», así que comprueba cuándo vence la tuya.

La multa

El artículo 17 fija una multa de 200 euros por no respetar las restricciones, calificada como grave conforme al artículo 76.z3 de la Ley de Tráfico, y tiene en cuenta la reincidencia: más de una infracción de la misma naturaleza en un mes. El artículo 94 de la ley permite pagar la mitad, 100 euros, dentro de 20 días naturales, a cambio de renunciar a alegar. Antes de decidir, compara las dos opciones en pagar con descuento o recurrir. Si la recibes, comprueba la hora del acceso: con dos franjas en juego, es el primer dato que hay que revisar.

El recurso en el TSJA

Vox recurrió la ordenanza, y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía admitió a trámite el recurso contencioso, según informaron en marzo Andalucía Información y El Castillo de San Fernando a partir de lo anunciado por el partido. Vox sostiene que la zona es ilegal, «absurda y sin sentido», y que perjudicará al comercio de calles como Real, Rosario y San Rafael. Eso es lo que alega una de las partes; el tribunal no se ha pronunciado sobre el fondo, que sepamos.

La admisión no frena la ordenanza. Tampoco es trasladable sin más lo ocurrido en Málaga, cuya zona cayó por dar mejor trato a los coches del propio municipio: en San Fernando, la exención se ciñe a los residentes en el área afectada, como explicamos en las ZBE que eximen a sus vecinos. Si te multan mientras dura el pleito, guarda la notificación y controla los plazos por si la sentencia llega antes de que tu caso esté cerrado.

Para comprobar tu coche en otras ciudades, usa la calculadora de ZBE por matrícula o consulta el calendario de las ZBE.

Preguntas frecuentes sobre la ZBE de San Fernando

¿Multa ya la ZBE de San Fernando?

No hemos podido confirmarlo. La ordenanza se publicó el 19 de febrero de 2026, fija una multa de 200 euros y no incluye moratoria ni periodo de avisos, pero sus fases cuentan desde la implantación de la zona y no da esa fecha. No hemos encontrado anuncio del Ayuntamiento con el inicio de los controles ni datos de sanciones. Sigue la señalización de los accesos.

¿Puede entrar un coche con etiqueta B?

Durante el primer año desde la implantación, de 7 a 20 horas sí, porque no hay restricciones para ningún vehículo. De 20 a 7 horas, no, salvo autorización. A partir del segundo año la prohibición se amplía de 15 a 7 horas. Solo pueden entrar en esas franjas sin trámite las etiquetas C, ECO y 0.

Vivo dentro de la zona y mi coche es B. ¿Puedo entrar por la noche?

Sí, si obtienes la autorización. El anexo 2 permite a los residentes en el área el acceso independientemente del horario y del distintivo. Se tramita por la sede electrónica con tu documento de identidad, el permiso de circulación o el recibo del IVTM y el certificado de empadronamiento.

¿Puedo ir a un aparcamiento público del centro por la noche?

Sí. El anexo 2 permite a los usuarios acceder a los aparcamientos públicos, con control por cámaras de doble lectura de matrículas. El permiso vale para llegar al aparcamiento: no sirve para circular por otras calles de la zona.

¿Qué significa que el TSJA haya admitido el recurso de Vox?

Solo que el tribunal tramitará el pleito, no que dé la razón a nadie. Admitir un recurso no suspende la ordenanza ni anula las multas. A 2 de noviembre de 2026 no nos consta sentencia ni medida cautelar.

Fuentes y metodología

Verificado el 2 de noviembre de 2026 contra el texto de la ordenanza publicado en el BOP de Cádiz. Lo relativo al recurso procede de la prensa local.

Limitaciones: no hemos encontrado la fecha de implantación, el número de cámaras ni datos de sanciones; no hemos leído el escrito del recurso, y los planos del boletín deben consultarse para resolver dudas sobre una calle concreta. Si el Ayuntamiento publica el calendario, actualizaremos esta página.

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