Ciudad con Zona de Bajas Emisiones · Análisis específico

ZBE Cuenca: un calendario hasta 2039 y las multas aplazadas

Cuenca, con 53.600 habitantes, restringe desde el 1 de enero de 2026 el coche sin etiqueta en su Zona Centro, entre la plaza de la Trinidad, la avenida de la Virgen de la Luz y los ríos Huécar y Júcar. La B no sale hasta 2034 y la C, hasta 2039. Las multas, que debían llegar a mitad de 2026, se han aplazado. Y casi todas las excepciones siguen exigiendo etiqueta: el coche sin ella solo entra si su dueño está empadronado dentro, tiene garaje en la zona o justifica una necesidad urgente.

Actualizado 2026-11-03 · ~1.000 palabras

Ilustración del centro de Cuenca con una calle comercial de edificios con balcones de hierro y, al fondo, casas colgadas sobre la hoz, con una señal de tráfico circular en primer plano

El Pleno aprobó la ordenanza de forma definitiva el 24 de noviembre de 2025, y el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca publicó el texto íntegro el 28 de noviembre, con sus tres anexos: la zona y su calendario, los vehículos autorizados y la memoria técnica. Entró en vigor una vez pasados los quince días hábiles de plazo de impugnación, y su artículo 9 fija el 1 de enero de 2026 para aplicar las restricciones. Hemos leído el texto completo.

La Zona Centro

El anexo I delimita la Zona Centro por las calles Aguirre, Las Torres, Los Tintes, Huécar y Colón, la plaza de la Trinidad, la calle Palafox y la avenida de la Virgen de la Luz, con los ríos Huécar y Júcar como límites. La memoria técnica calcula unos 0,17 kilómetros cuadrados y unos 7.532 vecinos afectados, una cifra tomada de los trabajos del plan de ordenación municipal. El Casco Antiguo queda como una segunda zona sin fecha: la comisión técnica debe decidir cuándo se estudia su viabilidad.

Un calendario hasta 2039

  1. Hasta el 31 de diciembre de 2033. Prohibido el acceso al vehículo sin etiqueta ambiental, el que la DGT clasifica como A.
  2. Desde el 1 de enero de 2034. También la etiqueta B.
  3. Desde el 1 de enero de 2039. También la C; solo entran 0 y ECO.

El anexo tiene dos tablas con las mismas fechas: una para los vehículos de hasta 3.500 kilos y otra para los de entre 3.500 y 18.000 kilos y los autobuses. No hay tabla para los camiones de más de 18 toneladas. Las fechas coinciden con las de Salamanca, otro de los horizontes más largos de nuestro calendario de las ZBE. El artículo 8 añade un requisito general: para entrar, el vehículo debe tener una inspección técnica con resultado favorable.

Excepciones que exigen etiqueta

El anexo II divide los vehículos autorizados en cinco grupos, y la columna decisiva es la que indica si se les aplica el calendario. Sin calendario, es decir, con cualquier etiqueta, solo entran las bicicletas y los vehículos de movilidad personal, los de los empadronados dentro de la zona, los servicios esenciales y de emergencia, los que van a una plaza de garaje en propiedad o alquiler dentro de la zona, los históricos y los que transportan a personas con tarjeta de movilidad reducida. La tabla cita a los empadronados dos veces, una sin autorización y otra con autorización registral indefinida. El quinto grupo añade una vía excepcional, también sin calendario: una autorización temporal por razones de seguridad, salud pública o protección civil, o por una necesidad privada «urgente, temporal e inaplazable», que según el artículo 10 puede pedirse el mismo día o en los dos siguientes si no dio tiempo a hacerlo antes.

Todo lo demás pasa por el calendario: el taxi y el VTC, la carga y descarga, las mudanzas, los talleres, las empresas de la zona, los aparcamientos públicos, los clientes de hoteles, las citas en hospitales y veterinarios, los invitados de los vecinos y quienes llevan a los niños al colegio. Pueden pedir autorización, pero si el coche no tiene etiqueta no les sirve. Un conquense que vive fuera del centro está en la misma situación que un visitante. Es una exención solo para residentes, el criterio que repasamos en las ZBE que eximen a sus vecinos.

La moratoria, ampliada sin boletín

La disposición transitoria fija seis meses de moratoria desde la entrada en vigor para aplicar el régimen sancionador, así que las primeras multas habrían llegado hacia el verano de 2026. El 29 de junio de 2026 el Pleno aprobó por unanimidad ampliarla hasta el final de 2027, según eldiario.es y la prensa local; un medio dio el 21 de diciembre y el resto, el 31. El concejal de Movilidad, Héctor Serrano, lo justificó en la necesidad de terminar la señalización y las estaciones medidoras de contaminación, ampliar las plazas para residentes y poner en marcha el nuevo contrato de autobús urbano antes de sancionar.

En principio, cambiar una disposición de la ordenanza exige tramitar su modificación y publicarla. Hemos revisado los boletines provinciales de julio a octubre de 2026 y no aparece. Mientras tanto, la restricción rige sobre el papel y la ordenanza prevé el control por cámaras; la memoria técnica deja preparados los puntos donde se instalarán. El artículo 16 remite a la Ley sobre Tráfico, así que la multa, cuando llegue, será la de la infracción grave del artículo 76.z3: 200 euros, o 100 con el descuento por pronto pago. Compáralo en pagar con descuento o recurrir.

Castilla-La Mancha ya tiene un precedente: el Tribunal Superior de Justicia anuló la ordenanza de Guadalajara porque la zona no figuraba en su plan de movilidad, como explicamos en las ZBE anuladas. El artículo 6 de la de Cuenca exige coherencia con el plan de movilidad urbana sostenible, pero no hemos comprobado si este recoge la zona. No conocemos recursos contra ella. Para comprobar tu coche en otras ciudades, usa la calculadora de ZBE por matrícula.

Preguntas frecuentes sobre la ZBE de Cuenca

¿Multa ya la ZBE de Cuenca?

No. La ordenanza publicada fijaba seis meses de moratoria desde su entrada en vigor, y el Pleno aprobó por unanimidad el 29 de junio de 2026 ampliarla hasta el final de 2027, según la prensa local. No hemos encontrado esa ampliación publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.

¿Qué coches no pueden entrar en la Zona Centro?

Hasta el 31 de diciembre de 2033, los que no tienen etiqueta ambiental. Desde el 1 de enero de 2034, también los de etiqueta B, y desde el 1 de enero de 2039, también los de etiqueta C. Las mismas fechas valen para turismos, furgonetas, camiones de hasta 18 toneladas y autobuses.

Vivo en Cuenca, pero fuera del centro. ¿Estoy exento?

No. La ordenanza solo libera del calendario a los vehículos de las personas empadronadas dentro de la zona. El resto de vecinos de la ciudad está sujeto a las mismas fechas que alguien de fuera, salvo que tenga plaza de garaje en la zona u otra excepción del anexo II.

Voy a un hotel o al médico del centro sin etiqueta. ¿Puedo entrar?

Puedes pedir una autorización temporal, pero el anexo II la somete al calendario de etiquetas, de modo que un coche sin etiqueta no queda cubierto. Lo mismo ocurre con los invitados de los vecinos, los colegios y el reparto. Solo te serviría la autorización temporal por una necesidad urgente e inaplazable del artículo 10.

Fuentes y metodología

Verificado el 3 de noviembre de 2026 contra el texto publicado en el BOP de Cuenca y los boletines de julio a octubre de 2026.

Limitaciones: la ampliación de la moratoria procede de la prensa, que difiere en el día exacto, y no la hemos encontrado en el boletín. No sabemos si las cámaras están instaladas ni si se envían avisos sin multa.

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