Ciudad con Zona de Bajas Emisiones · Análisis específico

ZBE Burgos: 36 cámaras y ninguna multa hasta 2027

La zona de bajas emisiones del centro de Burgos funciona desde agosto de 2025: sus cámaras registran cada día más de 1.300 entradas de coches sin etiqueta. Pero no multa a nadie, y no lo hará hasta el 5 de agosto de 2027, cuando acaba la moratoria de 18 meses. Mientras tanto, el Ayuntamiento estudia cambiar la ordenanza para que los vecinos de toda la ciudad puedan entrar sin etiqueta.

Actualizado 2026-10-09 · ~2.300 palabras

Ilustración del centro histórico de Burgos con las agujas de la catedral y un arco monumental al fondo y una señal de restricción de tráfico en primer plano

Burgos tuvo una zona de bajas emisiones antes de tener ordenanza, y eso le costó caro. En 2023 un juzgado de lo contencioso anuló el contrato de las cámaras de la zona anterior por falta de regulación, y el Ayuntamiento tuvo que empezar de nuevo con un perímetro más pequeño. El Pleno aprobó la ordenanza actual de forma inicial el 29 de abril de 2024 y definitiva el 19 de julio, y el Boletín Oficial de la Provincia la publicó el 5 de agosto de 2024. Para escribir esta página hemos leído la ordenanza y el proyecto técnico publicados en el boletín y la información municipal y de la prensa local sobre su puesta en marcha.

Medio kilómetro cuadrado y 31 puntos de control

El artículo 6 remite al anexo I, que distingue las calles que forman el perímetro de las del interior. El perímetro lo trazan, entre otras, las calles Francisco Salinas, Fernán González, Doña Jimena, San Esteban, Corazas, San Francisco, Trinidad y General Sanz Pastor, la avenida del Cid Campeador, la plaza de España, San Lesmes, la calle Miranda, la plaza de la Vega, el puente de Santa María, el paseo de la Audiencia y el paseo de los Cubos. Dentro quedan el casco histórico y la catedral.

Según los datos municipales que publicó El Correo de Burgos al ponerla en marcha, la zona abarca 98 calles y 0,4991 kilómetros cuadrados, con unos 6.440 residentes, y se controla con 36 cámaras en 31 puntos y 39 carriles. La zona anterior era cuatro veces mayor, de unos 2 kilómetros cuadrados. En las calles del perímetro se puede circular libremente, salvo en tres tramos que el artículo 7.2 incluye en la restricción: Fernán González entre Francisco Salinas y Doña Jimena, la propia Doña Jimena y Francisco Salinas entre los Cubos y Santa Águeda.

La moratoria: 18 meses desde febrero de 2026

Las obras se recibieron el 11 de agosto de 2025 y las cámaras empezaron a funcionar el día 12, pero sin multas. La razón está en la disposición final de la ordenanza: establece una moratoria de 18 meses en el régimen sancionador, a contar desde la fecha de instalación de los dispositivos de control y la señalización, que debe publicarse en el BOP y en la web municipal. Durante ese periodo no se imponen sanciones, aunque se puede enviar a los infractores un documento informativo sin multa.

Al principio, las pantallas de la zona contaban los 18 meses desde agosto de 2025 y anunciaban multas en febrero de 2027. Pero el anuncio formal no se publicó en el boletín hasta el 5 de febrero de 2026, y la moratoria arrancó al día siguiente. Por eso la fecha que da ahora el Ayuntamiento es el 5 de agosto de 2027. El año y medio de espera tiene un coste: según la prensa local, el Gobierno central retiró al Ayuntamiento 500.000 euros de ayudas al autobús por no sancionar.

Solo el coche sin etiqueta, a cualquier hora

El artículo 3 define como vehículos más contaminantes los de las categorías L, M y N que no tienen ningún distintivo ambiental, y el artículo 7.1 deja entrar a los de etiqueta 0, ECO, C y B. No hay calendario para la B: la ordenanza no prevé restringirla. En turismos, los afectados son en general los de gasolina matriculados antes de 2001 y los diésel anteriores a 2006.

Lo que la ordenanza no fija es un horario. No hay franja de lunes a viernes como en otras ciudades, así que, cuando acabe la moratoria, la restricción regirá en principio a cualquier hora. El artículo 12 añade que en los episodios de alta contaminación se pueden dejar sin efecto los permisos de acceso temporales. Las cámaras no leen la pegatina del parabrisas: contrastan la matrícula con el Registro de Vehículos de la DGT.

Quién entra sin etiqueta

El artículo 7.1 enumera los vehículos sin etiqueta que pueden acceder a la zona. Los que más afectan a los vecinos y visitantes son estos:

  • Los domiciliados en las calles de la ZBE en el Registro de Vehículos de la DGT.
  • Los de personas físicas o jurídicas empadronadas en la ZBE, en propiedad, usufructo, renting o leasing.
  • Los de titulares o arrendatarios de una plaza de garaje privado dentro de la zona.
  • Los que acceden a un aparcamiento público del interior.
  • Los de empresas y autónomos con local en la zona.
  • Los de titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Taxis, VTC, vehículos de carsharing, transporte colectivo y servicios esenciales.
  • Los de suministros y obras, y la distribución urbana de mercancías en los horarios de la ordenanza de movilidad.
  • Los vehículos con matrícula extranjera o diplomática con requisitos equivalentes.
  • Los vehículos históricos.

La exención de los vecinos es estrecha: es para quien vive dentro de la zona, no para cualquier empadronado en Burgos. Y la de los históricos remite al Real Decreto 1247/1995, que fue derogado por el Reglamento de Vehículos Históricos de 2024; previsiblemente se aplicará a los vehículos catalogados como históricos con la norma actual, pero el texto no se ha actualizado. Las reglas generales están en la guía de vehículos históricos y ZBE.

Con autorización, el artículo 8 admite los accesos a hospitales, citas médicas y clínicas veterinarias de la zona, los clientes de talleres, que el propio taller comunica, las mudanzas, los actos en la vía pública y los clientes de alojamientos turísticos de la zona con aparcamiento privado. La ordenanza remite a unas directrices posteriores para el procedimiento, y no hemos encontrado que se hayan publicado.

El cambio que se estudia

El 11 de marzo de 2026, la alcaldesa, Cristina Ayala, anunció que el gobierno municipal propone flexibilizar la ordenanza: los vehículos sin etiqueta podrían circular por la zona siempre que no haya episodios de contaminación, si están empadronados en Burgos y pagan allí el impuesto de circulación. Sería una exención para toda la ciudad, no solo para los residentes de la zona. Pero la propuesta tiene que pasar por comisión, aprobación inicial, alegaciones y aprobación definitiva, y no consta que haya llegado al Pleno. En septiembre, el concejal de Movilidad repitió que la ordenanza «no es inamovible».

El dato que alimenta el debate lo dio el propio Ayuntamiento en septiembre: entre enero y agosto de 2026 las cámaras registraron más de 5 millones de accesos, de los que 434.839, el 8,58 %, fueron de vehículos sin etiqueta, más de 1.300 al día. Cuatro de cada diez entradas llegan por la calle Vitoria, a la altura del Gran Teatro. Sin la modificación, muchos de esos conductores no podrían entrar a partir de agosto de 2027.

La multa: 200 euros, 100 con pronto pago

El artículo 14 califica el incumplimiento como infracción grave de la Ley de Tráfico y lo sanciona con 200 euros, que pueden reducirse un 50 % por pronto pago, hasta 100 euros. A diferencia de otras ordenanzas, la de Burgos no prevé recargo por reincidencia. Para decidir entre pagar o recurrir cuando lleguen las multas tienes la comparativa de pagar con descuento o recurrir.

Si vas a Burgos con un coche sin etiqueta a partir de agosto de 2027, la solución más sencilla es aparcar en un aparcamiento público del interior, que la ordenanza exime, como los de la plaza de la Vega, junto a la catedral, o la plaza de España, o dejar el coche fuera del perímetro. En Castilla y León conviven modelos distintos: Valladolid multa desde julio de 2025 pese a la nulidad declarada por el TSJ, y Salamanca restringe su casco peatonal a todos los no autorizados. Los tienes en las guías de la ZBE de Valladolid y la ZBE de Salamanca. Para saber cómo te afecta cada zona con tu matrícula puedes usar la calculadora de ZBE por matrícula.

Preguntas frecuentes sobre la ZBE de Burgos

¿Multa ya la ZBE de Burgos?

No. Las cámaras funcionan desde agosto de 2025, pero la disposición final de la ordenanza establece una moratoria de 18 meses en el régimen sancionador, contada desde la publicación del anuncio de instalación de los dispositivos de control. Ese anuncio salió en el BOP de Burgos el 5 de febrero de 2026, y según el Ayuntamiento las multas empiezan el 5 de agosto de 2027. Durante la moratoria se puede enviar a los infractores un documento informativo sin sanción.

¿Qué coches pueden entrar?

Todos los que tienen etiqueta ambiental de la DGT: 0, ECO, C y B. La ordenanza no tiene un calendario que vaya restringiendo la etiqueta B; solo afecta a los vehículos sin distintivo. Tampoco fija un horario, así que, cuando acabe la moratoria, la restricción a los coches sin etiqueta no exentos regirá en principio a cualquier hora.

Vivo en Burgos y mi coche no tiene etiqueta, ¿podré entrar en 2027?

Con la ordenanza vigente, solo si encajas en alguna excepción del artículo 7: tener el vehículo domiciliado en una calle de la ZBE en el Registro de la DGT, estar empadronado dentro de la zona, tener una plaza de garaje dentro o ir a un aparcamiento público del interior, entre otras. Vivir en otro barrio de Burgos no basta. En marzo de 2026 el gobierno municipal propuso dejar entrar a los coches sin etiqueta empadronados en Burgos y con el impuesto de circulación pagado en la ciudad, salvo en episodios de contaminación, pero esa modificación no está aprobada.

¿Cuánto será la multa?

El artículo 14 la fija en 200 euros, como infracción grave de la Ley de Tráfico, y permite reducirla un 50 %, hasta 100 euros, por pronto pago. La ordenanza no prevé recargo por reincidencia.

¿Puedo ir en coche a la catedral?

La catedral y el casco histórico están dentro de la zona. Con un coche con etiqueta no hay problema. Con uno sin etiqueta, desde agosto de 2027 podrás entrar para ir a un aparcamiento público del interior, como el de la plaza de la Vega o el de la plaza de España, porque el artículo 7.1 exime a los vehículos que acceden a un parking público de la zona. Hasta esa fecha no hay multas.

Fuentes y metodología

Verificado el 9 de octubre de 2026 contra la ordenanza publicada en el BOP de Burgos nº 149, de 5 de agosto de 2024, y su proyecto técnico, la web municipal y la prensa local, que se cita con su fecha. Revisaremos la página cuando el Pleno vote la modificación y antes del fin de la moratoria.

Limitaciones: no hemos descargado el anuncio del BOP de 5 de febrero de 2026 que inicia la moratoria, que conocemos por la prensa y por el Ayuntamiento; tampoco hay directrices publicadas para las autorizaciones del artículo 8.

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