ZBE Alcorcón: una zona para toda la ciudad que todavía no existe
Los titulares de mayo dieron «luz verde» a la zona de bajas emisiones de Alcorcón, y varios medios la presentaron como definitiva. No lo es. El Pleno solo la aprobó de forma inicial, y hasta que se publique el texto definitivo no está en vigor. Cuando lo esté, abarcará casi todo el casco urbano, dejará entrar a cualquier coche de Alcorcón y no tendrá cámaras.
Actualizado 2026-10-11 · ~1.700 palabras
La «Ordenanza de implantación y gestión de zona de bajas emisiones en Alcorcón» ha tenido una tramitación accidentada. El Ayuntamiento tuvo que anular sus primeros acuerdos por defectos de tramitación y reiniciar el procedimiento a comienzos de 2026. La Junta de Gobierno Local aprobó el proyecto el 10 de marzo, con 16 votos particulares de Vox y 7 del PP, y el Pleno lo aprobó de forma inicial el 27 de mayo: 13 votos a favor, de PSOE, Ganar Alcorcón y Más Madrid, y 13 en contra, de PP y Vox. El empate se repitió y lo deshizo el voto de calidad de la alcaldesa, Candelaria Testa. Para escribir esta página hemos leído el certificado del acuerdo con el texto aprobado, el anuncio del boletín y el proyecto técnico que se incorpora como anexo 3.
Por qué no está en vigor
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó el 22 de junio de 2026 el anuncio de información pública, con 30 días hábiles para presentar alegaciones; si no se presentara ninguna, el acuerdo se entendería definitivo. Pero la ordenanza fija su propia condición: según su disposición final, entra en vigor al día siguiente de que se publique el texto íntegro con sus anexos en el BOCM, lo que ocurre después de la aprobación definitiva. Hemos revisado los sumarios del boletín hasta el 10 de octubre de 2026 y no aparece esa publicación. Tampoco consta que el Pleno haya resuelto alegaciones.
Y aun cuando entre en vigor, las multas tardarán. La disposición transitoria segunda retrasa seis meses la vigencia de las infracciones y sanciones, para que los vecinos se familiaricen con la zona y con el registro de vehículos autorizados, y el anexo 2 lo describe como un periodo de gracia con campañas informativas no sancionadoras. En un apartado, el proyecto técnico habla de retrasar un año el procedimiento sancionador, pero lo que vincula es el texto de la ordenanza.
Casi todo el casco urbano
El anexo 1 describe una zona única que abarca exclusivamente el casco urbano, incluidos los barrios de Fuente Cisneros y Campodón, y excluye los polígonos industriales y las grandes áreas comerciales. Son 1.040,2 hectáreas, el 58,3 % del área urbana y el 31 % del término municipal, con un perímetro de unos 23,5 kilómetros. Según el proyecto técnico, viven dentro 174.649 personas, prácticamente toda la población. El perímetro solo se publica como plano, sin lista de calles, y el proyecto cuenta 59 accesos que habrá que señalizar.
Solo el coche sin etiqueta, y no el de Alcorcón
El anexo 2 prohíbe la circulación dentro de la zona a los vehículos «que no tengan distintivo ambiental o tengan distintivo A». La segunda parte es un error de redacción, porque la DGT no tiene una etiqueta A: en la práctica, la restricción afecta solo a los vehículos sin etiqueta. Los de etiqueta B, C, ECO y 0 entran sin restricción, y el texto no prevé un calendario para endurecerla. El artículo 7.1 extiende la prohibición al acceso, la circulación y el estacionamiento, y no se fija horario, así que regiría a cualquier hora.
La excepción más importante es la primera del anexo 2: quedan fuera de la restricción los vehículos de las personas residentes en Alcorcón, en propiedad, usufructo, arrendamiento, renting, leasing, como retribución en especie o de sustitución, y «los vehículos dados de alta en el IVTM de Alcorcón». No hace falta vivir dentro de la zona ni tener un coche con etiqueta: basta con que el coche tribute en la ciudad. Es la exención más amplia de las zonas del sur de Madrid, y explica la distancia entre dos cifras: según el proyecto, el 6,4 % del parque circulante no tiene etiqueta, pero la concejala del área cifró en el 2,5 % del parque los realmente afectados.
Para quien viene de fuera con un coche sin etiqueta, el anexo enumera más de veinte supuestos, que en general exigen inscribir el vehículo en un registro municipal de autorizados:
- Personas con movilidad reducida con tarjeta de estacionamiento y perceptores del ingreso mínimo vital.
- No residentes que acrediten una situación excepcional de vulnerabilidad social, económica, sanitaria o familiar y la necesidad de acceder por motivos laborales, asistenciales, educativos, terapéuticos o de cuidado familiar.
- Propietarios o arrendatarios de una plaza de garaje en la zona y quienes van a un aparcamiento público del interior.
- Empresas y autónomos con local en la zona que tributen el IVTM en Alcorcón.
- Vehículos que van a un taller, clientes de hoteles, recogida y entrega de alumnos, autoescuelas y mudanzas.
- Taxis, VTC, transporte colectivo y escolar, servicios esenciales y vehículos declarados históricos.
Algunos medios han escrito que basta con alegar una visita a un familiar o una cita médica para entrar. No es lo que dice el texto: el supuesto exige acreditar la vulnerabilidad y obtener la autorización.
Sin cámaras hasta 2030, como pronto
Aunque el artículo 11 de la ordenanza habla de un sistema automático de control, el proyecto técnico lo deja para más adelante. La primera fase, que según el anexo 2 dura hasta el final de 2029, se controlará con campañas trimestrales con dispositivos móviles de lectura de matrículas e inspección visual. Solo si no se cumplen los objetivos se activaría una segunda fase, a partir de 2030, con cámaras. Lo presupuestado para la primera fase es la señalización: entre 217.000 y 334.700 euros sin IVA de inversión, lejos de los 3 millones que publicó algún medio.
La multa
El artículo 18 califica como infracción grave no respetar las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento, tanto para los vehículos que no figuran en el anexo 2 como para los que, figurando, no tienen la autorización y el registro necesarios. La sanción es de 200 euros, y puede subir un 30 %, hasta 260, si se reincide en un año con resolución firme. La ordenanza no regula el pronto pago, que se rige por la Ley de Tráfico.
Si te mueves por el sur de Madrid, compara con Móstoles, que solo exime a los empadronados dentro de su zona, y con Fuenlabrada, que ya multa. Para comprobar tu caso con la matrícula tienes la calculadora de ZBE por matrícula, y las fechas del resto de ciudades en el calendario de las ZBE.
Preguntas frecuentes sobre la ZBE de Alcorcón
¿Está en vigor la ZBE de Alcorcón?
No. El Pleno aprobó la ordenanza de forma inicial el 27 de mayo de 2026 y el BOCM publicó el 22 de junio el anuncio de información pública, de 30 días hábiles. La disposición final dice que entrará en vigor al día siguiente de publicarse el texto íntegro en el BOCM, tras la aprobación definitiva, y a 11 de octubre de 2026 no consta esa publicación.
¿Cuándo empezarán las multas?
No antes de seis meses después de la entrada en vigor de la ordenanza. La disposición transitoria segunda retrasa ese plazo la vigencia de las infracciones y sanciones, y el anexo 2 lo describe como un periodo de gracia con campañas informativas no sancionadoras. Como la ordenanza aún no está en vigor, lo realista es que no haya multas hasta 2027.
Vivo en Alcorcón y mi coche no tiene etiqueta, ¿podré circular?
Sí. El primer supuesto del anexo 2 exceptúa los vehículos de las personas residentes en Alcorcón, en propiedad, renting, leasing u otros regímenes, y los vehículos dados de alta en el impuesto de circulación del municipio. A diferencia de otras ciudades, no se limita a quien vive dentro de la zona: la exención alcanza a todo el municipio.
Vengo de fuera con un coche sin etiqueta, ¿podré entrar?
Solo si encajas en alguno de los demás supuestos del anexo 2, como ir a un taller, a un aparcamiento público de la zona, a un hotel, llevar o recoger a alumnos de un colegio o tener una plaza de garaje dentro. Las personas no residentes también pueden acceder si acreditan una situación excepcional de vulnerabilidad y la necesidad de entrar por motivos laborales, asistenciales, educativos, terapéuticos o de cuidado familiar. No basta con alegar una visita.
¿Cuánto será la multa?
El artículo 18 fija 200 euros por no respetar las restricciones de la zona, como infracción grave, y permite aumentarla un 30 %, hasta 260 euros, en caso de reincidencia declarada por resolución firme en un año. La ordenanza no menciona la reducción por pronto pago, que se rige por la Ley de Tráfico.
Fuentes y metodología
Verificado el 11 de octubre de 2026 contra el certificado del acuerdo de aprobación inicial con el texto de la ordenanza, el anuncio del BOCM de 22 de junio de 2026, los sumarios del BOCM hasta el 10 de octubre y el proyecto técnico de diciembre de 2025.
- Ayuntamiento de Alcorcón, certificado del acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza de la ZBE, 28 de mayo de 2026.
- BOCM nº 146, 22 de junio de 2026, anuncio de información pública de la ordenanza de la ZBE de Alcorcón.
- Ayuntamiento de Alcorcón, Proyecto para la implantación de la Zona de Bajas Emisiones, diciembre de 2025.
- Noticias para Municipios, la ZBE de Alcorcón supera el primer trámite en el Pleno, mayo de 2026.
- Real Decreto Legislativo 6/2015, Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, texto consolidado, artículos 76.z3 y 94.
Limitaciones: la web municipal no estaba accesible para comprobar si hubo alegaciones; el texto que analizamos es el de la aprobación inicial y puede cambiar en la definitiva. Revisaremos la página cuando se publique.