ZBE Alcalá de Guadaíra: la etiqueta no cuenta, solo el permiso
Alcalá de Guadaíra, con 77.474 habitantes, tiene una zona de bajas emisiones que no se parece a las de etiquetas. En su casco histórico solo pueden entrar los vehículos autorizados, las 24 horas del día y los 365 días del año, sea cual sea su distintivo ambiental. Es una ordenanza para peatonalizar el centro, con tres áreas, 25 calles y unos 4.000 vecinos dentro.
Actualizado 2026-11-03 · ~950 palabras
El Pleno aprobó la ordenanza de forma inicial el 24 de julio de 2024. Tras 30 días de información pública sin alegaciones, quedó aprobada definitivamente, y el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla publicó el 18 de diciembre de 2024 el texto íntegro con su proyecto técnico, 179 páginas escaneadas. Según la disposición final segunda, entraba en vigor al día siguiente, siempre que hubiera pasado el plazo de quince días hábiles del artículo 65.2 de la ley de bases del régimen local. Hemos leído el articulado, los anexos y las partes del proyecto que fijan la zona, las fases y el control.
Tres áreas del casco histórico
El anexo I divide la zona en tres. La zona 1 es el centro, delimitado por las calles Alcalá y Ortí y Conde de Guadalhorce, con la peatonal Nuestra Señora del Águila como eje. La zona 2 es el barrio de San Miguel-El Castillo, sin el recinto del castillo y la ermita. La zona 3 es el tramo de la calle Mairena hasta la Callejuela del Carmen. El proyecto técnico suma 165.961 metros cuadrados, 25 vías interiores con acceso restringido y otras 24 limítrofes sin regulación, y estima 4.039 vecinos dentro con datos de 2021.
El Ayuntamiento lo presentó como un eje peatonal que unirá el centro con el Monumento Natural Riberas del Guadaíra. La ordenanza prevé dos fases de circulación: en la primera se puede transitar por la calle Mairena, la plaza de Cervantes, Nuestra Señora del Águila y otras calles; en la segunda, el eje de la plaza de Cervantes y Nuestra Señora del Águila y el tramo de Mairena pasan a ser peatonales. El texto no les pone fecha, pero el calendario de la medida de peatonalización del proyecto sitúa la segunda en 2026 y 2027.
Quién puede entrar
El artículo 11.3 es la clave: si no se indica otra cosa, la entrada está prohibida para todo tipo de vehículos de motor. Un coche eléctrico con etiqueta 0 necesita el mismo permiso que uno sin etiqueta. El anexo III enumera quién puede pedir autorización, permanente o temporal: los usuarios de plazas de garaje con acceso dentro de la zona, las personas con tarjeta de estacionamiento por movilidad reducida, los servicios asistenciales a personas empadronadas en la zona, la seguridad privada y el transporte de fondos, las actividades singulares autorizadas y la carga y descarga en su horario.
La autorización la concede la Alcaldía por resolución, y si no responde en tres meses se entiende denegada. Si se vende el vehículo, el nuevo titular tiene diez días hábiles para comunicarlo o el permiso caduca.
Residentes son los que tienen garaje dentro
El artículo 4.4 define a los residentes de una forma poco habitual: no son los empadronados, sino los usuarios de plazas de garaje, en propiedad o alquiler, cuyo acceso queda dentro de la zona. Son ellos, junto con las personas con movilidad reducida y la carga y descarga, quienes tienen reservado el aparcamiento interior, y cada residente solo puede estacionar en el área que le corresponde. El empadronamiento solo aparece para los servicios asistenciales a personas que viven en la zona. La ordenanza también permite fijar tiempos y tarifas distintos para residentes y no residentes. El artículo 16 coordina el registro de autorizados con los datos del impuesto de circulación, pero es una herramienta de control: pagar el impuesto en Alcalá no da acceso. Es el modelo de exención solo para residentes que repasamos en las ZBE que eximen a sus vecinos.
Control, colegios y multa
El control será automático. El proyecto propone seis cámaras de lectura de matrículas en los accesos de cada área, además de la cámara y las pilonas retráctiles que ya había en Nuestra Señora del Águila, con el centro de control en la plaza del Perejil. No hemos encontrado información sobre su instalación. La ordenanza declara además como zonas de especial sensibilidad los entornos de diecinueve colegios de infantil y primaria, sin perímetro definido y con medidas recomendadas como calles escolares o calmado del tráfico.
El artículo 20 no fija una cifra propia: remite a la infracción grave del artículo 76.z3 de la Ley sobre Tráfico, sancionada con 200 euros, o 100 con el descuento por pronto pago; compáralo en pagar con descuento o recurrir. No hay disposiciones transitorias ni moratoria de sanciones. Para comprobar tu coche en ciudades con zonas por etiqueta, usa la calculadora de ZBE por matrícula.
Preguntas frecuentes sobre la ZBE de Alcalá de Guadaíra
¿Puedo entrar con etiqueta ECO o 0 en la ZBE de Alcalá de Guadaíra?
No sin autorización. La zona no distingue por etiqueta: el artículo 11.3 prohíbe la entrada a todo vehículo de motor salvo los casos previstos, y el anexo III enumera quién puede pedir permiso, como garajes de la zona, personas con movilidad reducida o carga y descarga en horario habilitado.
¿Qué calles forman la ZBE?
Tres áreas del casco: el centro entre Alcalá y Ortí y Conde de Guadalhorce, con la calle Nuestra Señora del Águila como eje; el barrio de San Miguel-El Castillo, sin el recinto del castillo, y el tramo de la calle Mairena hasta la Callejuela del Carmen. Son 25 vías interiores con acceso restringido.
Vivo en Alcalá, fuera del casco. ¿Tengo alguna ventaja?
No. La ordenanza llama residentes a los usuarios de garajes con acceso dentro de la zona, y a ellos, a las personas con movilidad reducida y a la carga y descarga reserva el aparcamiento interior. No hay exención para empadronados en el resto del municipio ni para quien paga allí el impuesto de circulación.
¿Cuánto es la multa?
El artículo 20 remite a la infracción grave del artículo 76.z3 de la Ley sobre Tráfico, que la ley sanciona con 200 euros, o 100 si se paga en 20 días naturales. No hemos encontrado datos sobre cámaras en funcionamiento ni multas impuestas.
Fuentes y metodología
Verificado el 3 de noviembre de 2026 contra el texto publicado en el BOP de Sevilla, un documento escaneado que hemos leído página a página.
- Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, Ordenanza municipal reguladora de las zonas de bajas emisiones, con su proyecto técnico, BOP de Sevilla nº 244, de 18 de diciembre de 2024.
- Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, «El gobierno local eleva al pleno de julio la ordenanza reguladora de la Zona de Bajas Emisiones», 18 de julio de 2024.
- Real Decreto Legislativo 6/2015, Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, artículos 76.z3, 80 y 94.
- INE, cifras oficiales de población de los municipios de Sevilla a 1 de enero de 2025.
Limitaciones: no hemos revisado las secciones de diagnóstico y análisis económico del proyecto técnico. No sabemos si las cámaras están instaladas, si la segunda fase ha empezado ni si se han puesto multas.