ZBE Albacete: casi todos entran, pero las calles peatonales se cierran
La zona de bajas emisiones de Albacete está en vigor desde finales de junio de 2026, pero solo afecta a un grupo pequeño: los coches sin etiqueta que no pagan el impuesto de circulación en la ciudad y no van a un aparcamiento ni a una plaza regulada. Para ellos, la multa será de 200 euros cuando acabe el periodo de avisos. La misma ordenanza cierra además nueve zonas peatonales del centro a cualquier vehículo sin autorización, también a los eléctricos.
Actualizado 2026-10-06 · ~3.100 palabras
Cuando el pleno aprobó la ordenanza en junio, el Ayuntamiento la presentó como una zona de bajas emisiones «sin imponer restricciones» a los vecinos, y buena parte de la prensa la resumió como una ZBE light. Ese resumen es correcto para la zona de bajas emisiones en sentido estricto, pero deja fuera la mitad del texto. La ordenanza regula también nueve zonas peatonales en las que no se mira la etiqueta, y concreta las excepciones con condiciones que no han trascendido. Para esta página hemos leído el texto íntegro publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y lo hemos contrastado con lo que declararon el alcalde y el concejal de Movilidad.
Aprobada en junio, con tres meses de avisos
El pleno aprobó inicialmente la ordenanza el 21 de abril de 2026, con los votos del PP y de dos concejales no adscritos y el rechazo de PSOE, Vox y Unidas Podemos, y el BOP la publicó para información pública el 27 de abril. Tras resolver las reclamaciones, el pleno la aprobó de forma definitiva el 23 de junio con la misma mayoría, y el texto íntegro salió en el BOP número 73, del viernes 26 de junio de 2026. Su título completo es «Ordenanza reguladora de la zona de bajas emisiones, las zonas peatonales de especial protección y las zonas peatonales de acceso restringido de Albacete».
La disposición final dice que la zona de bajas emisiones y la mayoría de zonas peatonales entran en vigor el día siguiente a la publicación, es decir, el 27 de junio. El anuncio que acompaña al texto añade que la entrada en vigor se produce una vez transcurrido el plazo del artículo 65.2 de la Ley de Bases del Régimen Local, quince días hábiles desde la comunicación a la Administración del Estado y a la comunidad autónoma, lo que la retrasaría hasta mediados de julio. La diferencia importa por la disposición transitoria: el régimen sancionador no es efectivo hasta pasados tres meses desde la entrada en vigor, y durante ese tiempo las denuncias son exclusivamente informativas.
Con la primera lectura, las multas serían posibles desde finales de septiembre; con la segunda, desde mediados de octubre. El Ayuntamiento habló en abril y junio de activar la zona en octubre, y el concejal de Movilidad explicó que en esos tres meses se instalarían las cámaras y se haría una campaña informativa. A 6 de octubre de 2026 no hemos encontrado ningún anuncio municipal de activación ni de instalación de cámaras.
El perímetro del centro
El anexo I delimita la zona por las vías interiores de un perímetro que, por el norte, va desde el paseo de la Libertad por las calles Martínez Villena, San Julián y Feria hasta la calle Octavio Cuartero; por el este, sigue la calle Alcalde Conangla, la plaza de Alberto Mateos, la calle Hermanos Falcó, la calle Batalla del Salado y la plaza de Benjamín Palencia; y por el suroeste, la avenida de España, la plaza de Gabriel Lodares y la calle Octavio Cuartero hasta la calle Feria. La ordenanza no da la superficie y no aclara de forma expresa si las calles que forman el borde quedan dentro o fuera.
A diferencia de otras ciudades, Albacete no tiene horario. El artículo 2 define la zona como un área de carácter continuo y la restricción se aplica a cualquier hora y cualquier día, sin las franjas laborables de las zonas catalanas o vascas.
Quién entra sin hacer nada
El artículo 8.1 deja entrar, circular y estacionar sin más restricciones que las de tráfico a todos los vehículos con etiqueta B, C, ECO o 0, a las bicicletas y a los patinetes. Entre los coches sin etiqueta, entran sin trámite los que figuran en el padrón municipal de vehículos de Albacete, que incluye sus pedanías y la entidad local menor de Aguas Nuevas. Ese padrón es el del impuesto de circulación: lo que cuenta es dónde tributa el coche.
Les siguen tres vías que interesan a quien llega de fuera. La primera es el aparcamiento público: un coche sin etiqueta puede entrar si se dirige a un aparcamiento público del interior que controle sus accesos, pero tiene que entrar en él en un máximo de 10 minutos desde que accede a la zona. La segunda es el estacionamiento regulado: queda exento quien obtiene el tique de una plaza de estacionamiento regulado del interior de la zona. La ordenanza no fija un tiempo mínimo ni explica cómo se cruza el tique con la matrícula. La tercera son los taxis y VTC, de Albacete o de fuera, con un servicio contratado con origen o destino en la zona.
Por último, entran sin trámite los vehículos que tienen reconocida por la DGT la condición de histórico. La ordenanza cita todavía el Real Decreto 1247/1995, el antiguo reglamento de vehículos históricos, sustituido por el Real Decreto 892/2024. Lo relevante es el reconocimiento de la condición de histórico por Tráfico; las reglas generales están en la guía de vehículos históricos y ZBE.
Quién necesita inscribirse en el registro
El artículo 8.2 enumera los vehículos sin etiqueta que pueden obtener autorización si piden la inscripción en el Registro Municipal de Vehículos Autorizados. El primero de la lista aclara una confusión extendida: los vehículos de personas empadronadas en Albacete, sus pedanías o Aguas Nuevas. Es decir, el vecino cuyo coche paga el impuesto en otro municipio, algo habitual con los vehículos de empresa o de renting, no entra automáticamente; tiene que pedir la inscripción.
| Categoría (art. 8.2) | Comentario |
|---|---|
| Personas empadronadas cuyo coche tributa fuera | Necesitan inscripción, no entran solas |
| Transporte de personas con tarjeta de accesibilidad | Con inscripción |
| Garajes de hoteles del interior | Solo para acceder al garaje del hotel |
| Talleres del interior y autoescuelas | Con inscripción |
| Renta baja | Ingresos inferiores a 2 veces el IPREM para una persona, con escala hasta 4 veces para seis o más |
| Servicios públicos, emergencias y transporte de fondos | Con inscripción |
| Otros motivos justificados | Estudio caso por caso de los servicios técnicos |
Según el artículo 11, las autorizaciones pueden ser permanentes, con un máximo de cinco años, o puntuales, que se piden hasta 30 días naturales antes del acceso o, después, en un máximo de 48 horas hábiles. Las permanentes se anulan si una fase posterior cambia las condiciones de acceso. La ordenanza no fija el canal para solicitarlas; el contacto del expediente en el BOP es el correo movilidadurbana@albacete.es, y el Ayuntamiento anunció en junio que publicaría las instrucciones del trámite.
Dos aclaraciones sobre lo que se ha publicado. La prensa recogió que la zona se esquiva con el tique de la zona azul, aparcando en un aparcamiento, en un hotel o en un comercio. Las dos primeras vías existen en el texto, con las condiciones explicadas; la del hotel solo vale para los coches que acceden a su garaje y se inscriben, y la del comercio no figura en la ordenanza. Y la matrícula extranjera no da ninguna exención: el artículo 14 sanciona por igual a los vehículos con matrícula española o extranjera.
Nueve calles peatonales cerradas a todos
La parte de la ordenanza que menos se ha contado es la que más vehículos afecta. El artículo 7 crea, además de la zona de bajas emisiones, dos zonas peatonales de especial protección (ZPEP) y siete zonas peatonales de acceso restringido (ZPAR), y en ellas la etiqueta ambiental es irrelevante. La ZPEP 1 comprende la zona peatonal de Tesifonte Gallego entre las calles Tinte y Mayor, la calle Marqués de Molins y la plaza del Altozano; la ZPEP 2, el paseo de la Libertad desde la calle San Agustín hasta la calle Alcalde Conangla. Solo pueden circular por ellas los vehículos de emergencias, los de servicios públicos básicos y los que obtengan una autorización expresa, por ejemplo para montar un andamio.
Las siete ZPAR abarcan las calles peatonales del entorno de Rosario, Mayor y Concepción; Gaona y Caldereros; la plaza del Altozano; el eje de José Zorrilla, Cornejo, Lozano y Oro; y las calles Tejares, Huerta de Marzo, Marzo, Andorra y Mozart. En ellas solo circulan los vehículos autorizados, los que se dirigen a un aparcamiento público del interior, en un máximo de 10 minutos, y los que hacen carga y descarga en su horario: laborables de 8 a 11 y de 16 a 18 horas, sábados y festivos de 8 a 11, y nunca en domingo. La velocidad no puede superar los 10 km/h y no se pueden usar como atajo. Las ZPAR 1 a 4 rigen desde junio de 2026; las ZPAR 5, 6 y 7, que corresponden a Tejares, Huerta de Marzo y Marzo, entran en vigor seis meses después de la publicación, a finales de diciembre de 2026. Las ZPAR 1 y 2 ya estaban controladas con cámaras desde unas normas de 2020 que la ordenanza deroga.
La multa: 200 euros, 100 con pronto pago
El artículo 14.1 sanciona con 200 euros el incumplimiento de la prohibición de circular por la zona de bajas emisiones o por las zonas peatonales. El 14.2 recuerda la regla general de la Ley de Tráfico: si se paga en el acto o en los 20 días naturales siguientes a la notificación, el importe se reduce un 50 %, a 100 euros, y se renuncia a presentar alegaciones. No hay recargo por reincidencia. El concejal de Movilidad declaró en junio que el Ayuntamiento no quiere ingresar ni una sola multa; es una declaración política, no una previsión del texto, que fija la sanción sin margen. Si te llega una, la comparativa de pagar con descuento o recurrir te ayuda a decidir.
El control se hará, según el artículo 12, con una plataforma tecnológica que comprueba si el vehículo puede acceder sin captar la imagen de los ocupantes. La ordenanza habla de cámaras u otro medio, sin dar cifras, y el Ayuntamiento no ha publicado cuántas instalará ni dónde.
Por qué Albacete aprobó una zona tan suave
El alcalde explicó en abril de 2026 que la ciudad no superó en 2025 los límites legales de calidad del aire, y que la zona se implanta porque la Ley de cambio climático obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes y porque no hacerlo supondría devolver fondos europeos. La cifra de esos fondos varía según quién habló: el alcalde mencionó 10 millones y el concejal, entre 4 y 5. La oposición votó en contra por motivos opuestos: unos la calificaron de descafeinada y otros de coartada.
No hemos encontrado ningún recurso judicial contra la ordenanza. El antecedente que se cita en Castilla-La Mancha es el de Guadalajara, cuya zona anuló el Tribunal Superior de Justicia regional en abril de 2026, según la prensa regional, y en Extremadura el de Badajoz, anulada en 2025 porque la zona se había creado por ordenanza sin pasar por el plan de movilidad urbana sostenible y su información pública. No hemos podido comprobar si el plan de movilidad de Albacete incorpora la zona. Para comparar con otros modelos que solo vetan al coche sin etiqueta, tienes la guía de la ZBE de Fuenlabrada; para saber cómo te afecta cada zona con tu matrícula, la calculadora de ZBE por matrícula; y si dudas de qué etiqueta te corresponde, el procedimiento está en cómo solicitar la etiqueta ambiental de la DGT. El resto de ciudades analizadas están en el listado de zonas de bajas emisiones.
Preguntas frecuentes sobre la ZBE de Albacete
¿Ya multa la ZBE de Albacete?
A 6 de octubre de 2026, el Ayuntamiento no ha anunciado el inicio de las sanciones. La ordenanza entró en vigor tras su publicación en el BOP del 26 de junio de 2026, y su disposición transitoria establece que durante los tres primeros meses las denuncias tienen un carácter exclusivamente informativo. Según cómo se cuente la entrada en vigor, esos tres meses terminaron a finales de septiembre o terminan a mediados de octubre. El Ayuntamiento habló de activar la zona en octubre, pero no ha fijado una fecha oficial ni ha informado de la instalación de las cámaras.
Vivo en Albacete, ¿puedo entrar con un coche sin etiqueta?
Sí, si el coche figura en el padrón municipal de vehículos, es decir, si paga el impuesto de circulación en Albacete, sus pedanías o Aguas Nuevas: en ese caso entra sin hacer ningún trámite. Si estás empadronado pero el coche tributa en otro municipio, por ejemplo porque es de empresa o de renting, también puedes entrar, pero tienes que pedir la inscripción en el Registro Municipal de Vehículos Autorizados.
Vengo de fuera con un coche sin etiqueta, ¿cómo evito la multa?
La ordenanza ofrece varias vías. Puedes entrar si te diriges a un aparcamiento público del interior con control de accesos, siempre que entres en él en un máximo de 10 minutos desde que accedes a la zona; si sacas el tique de una plaza de estacionamiento regulado del interior; si vas en un taxi o VTC con el servicio contratado con origen o destino en la zona; o si tienes una autorización por renta baja, tarjeta de accesibilidad o motivos justificados. Los coches con etiqueta B, C, ECO o 0 entran sin restricción.
¿Qué son las ZPEP y las ZPAR?
Son zonas peatonales que la misma ordenanza regula dentro del centro, y en ellas la etiqueta no importa. En las dos zonas peatonales de especial protección, Tesifonte Gallego y el entorno del Altozano, y el paseo de la Libertad, solo entran emergencias, servicios básicos y vehículos con autorización expresa. En las siete zonas peatonales de acceso restringido solo entran los vehículos autorizados, los que acceden a un aparcamiento público del interior y los que hacen carga y descarga en su horario. Las cuatro primeras rigen desde junio de 2026 y las tres restantes, desde finales de diciembre. La multa es la misma, 200 euros.
¿Cuánto es la multa?
El artículo 14.1 fija una multa de 200 euros por circular sin permiso por la ZBE o por las zonas peatonales, con matrícula española o extranjera. El artículo 14.2 recuerda que, si se paga en el acto o en los 20 días naturales siguientes a la notificación, el importe se reduce un 50 %, a 100 euros, con renuncia a presentar alegaciones. La ordenanza no prevé recargo por reincidencia.
Fuentes y metodología
Verificado el 6 de octubre de 2026 contra el texto íntegro de la ordenanza publicado en el BOP de Albacete el 26 de junio de 2026 y el anuncio de aprobación inicial del 27 de abril; las ZBE cambian, revisamos esta página cada trimestre y la actualizaremos cuando el Ayuntamiento anuncie el inicio de las multas. Lo que no consta en un documento oficial se atribuye a la prensa con su fecha.
- Ordenanza reguladora de la zona de bajas emisiones, las ZPEP y las ZPAR de Albacete, BOP de Albacete nº 73, 26 de junio de 2026.
- Aprobación inicial, BOP de Albacete nº 48, 27 de abril de 2026.
- Ayuntamiento de Albacete, nota sobre la aprobación de la ordenanza, 23 de junio de 2026.
- La Cerca, aprobación definitiva y declaraciones del concejal de Movilidad, 23 de junio de 2026.
- El Digital de Albacete, presentación de la ZBE, 14 de abril de 2026.
- Consejo General del Poder Judicial, el TSJ de Extremadura anula la ordenanza de ZBE de Badajoz, marzo de 2025.
- Real Decreto Legislativo 6/2015, Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, texto consolidado, artículos 76.z3 y 94.
Limitaciones: no constan la fecha oficial de inicio de las multas, el número y la ubicación de las cámaras, la superficie de la zona ni el canal para solicitar la inscripción en el registro; tampoco hemos podido verificar si el plan de movilidad urbana sostenible de Albacete incorpora la zona.