Defecto ITV
También: defecto técnico ITV · categoría de defecto inspección
Anomalía detectada durante la inspección técnica obligatoria que se clasifica en tres categorías de gravedad creciente (leve, grave, muy grave) con consecuencias prácticas distintas para la circulación del vehículo.
Actualizado el · Fuente: Manual de Procedimientos de Inspección Técnica de Vehículos · Cristian Corrales, editor independiente
El defecto ITV es cualquier anomalía técnica o de seguridad detectada durante la inspección obligatoria del vehículo conforme al Manual de Procedimientos de Inspección de las Estaciones ITV editado por el Ministerio de Industria. Cada defecto se clasifica en una de tres categorías que determinan el resultado de la inspección y el régimen aplicable al vehículo después de la misma.
El defecto leve es una anomalía de carácter menor que no compromete la seguridad inmediata de la circulación. La inspección se considera favorable, se entrega el distintivo V-19 como en cualquier resultado favorable y el conductor debe corregir el defecto antes de la próxima ITV programada. No es necesaria reinspección específica. Ejemplos típicos: bombilla de matrícula fundida, espejo retrovisor con holgura excesiva, neumático con desgaste inferior al límite legal pero próximo a él.
El defecto grave compromete la seguridad de la circulación pero permite el desplazamiento controlado del vehículo. La inspección se considera desfavorable: no se entrega el distintivo V-19 y el vehículo queda inhabilitado para circular, salvo para su traslado al taller o para acudir a la estación a regularizar su situación. La reinspección es obligatoria en plazo máximo de dos meses (art. 11 del Real Decreto 920/2017), gratuita o con tasa reducida según operador porque ya se ha pagado el examen principal. Si el plazo se agota sin haberse presentado a la segunda inspección, hay que iniciar una ITV completa nueva con tarifa completa. Ejemplos típicos: defectos en sistema de frenado por desgaste, fugas en sistema de dirección, luces principales no funcionales.
El defecto muy grave hace inviable la circulación segura. La inspección se considera negativa, con prohibición inmediata de circular: el vehículo queda inmovilizado y solo puede trasladarse hasta el taller por medios ajenos a la propia circulación, normalmente grúa o remolque. Tras la reparación, debe presentarse a una nueva inspección en un plazo no superior a dos meses (art. 11 del Real Decreto 920/2017). Ejemplos típicos: deficiencias críticas en sistema de frenado, deformación estructural del chasis, defectos en dirección que comprometen el control, presencia de emisiones masivamente fuera de norma. El conductor que circula con un vehículo declarado muy grave incurre en infracción muy grave del RDL 6/2015 con sanción de hasta 500 € y consecuencias específicas para el seguro.
Dónde aplica este término
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