Comparativa · ITV

Segunda inspección ITV: plazo, coste y procedimiento

Dos meses para corregir y volver. Régimen de coste según operador, cambio de estación, qué hacer si el plazo se agota y cómo discutir una decisión técnica.

Actualizado 2026-08-10 · ~1.600 palabras

La segunda inspección es el procedimiento por el que un vehículo con resultado desfavorable en ITV se reinspecciona tras corregir los defectos. La regulación general está en el Real Decreto 920/2017 y se concreta en cada comunidad autónoma por orden autonómica. La regla básica es la misma en toda España: dos meses desde el informe desfavorable para presentarse a la segunda, con coste reducido o gratuito en la mayoría de operadores.

Antes de presentarte a esa segunda cita conviene tener claro qué decía exactamente el informe original: cómo leer los códigos que identifican cada defecto y qué información aporta realmente cada uno ayuda a comprobar que la reparación hecha corresponde al sistema señalado y no a otro parecido.

La realidad operativa tiene matices importantes: el coste exacto varía por operador, la obligación de volver a la misma estación admite excepciones, y si pasan los dos meses sin presentarse el derecho a segunda inspección bonificada caduca y hay que pagar tarifa completa de nueva ITV. Lo que sigue es la guía completa para gestionar correctamente la segunda inspección.

El plazo de dos meses: cómputo y excepciones

El plazo de dos meses se cuenta en meses naturales desde la fecha del informe desfavorable. Si el informe es del 15 de marzo, el plazo termina el 15 de mayo. Si el 15 de mayo cae en festivo, el plazo se extiende al primer día hábil siguiente. No hay posibilidad de prórroga ordinaria.

Las excepciones reconocidas son tres:

  • Fuerza mayor acreditada: hospitalización del propietario, siniestro del vehículo que impida circular, viaje al extranjero con el coche. Documentación que lo pruebe.
  • Imposibilidad de cita en plazo en la misma estación: si la estación no tiene cita disponible dentro de los dos meses para la segunda inspección, algunos operadores extienden el plazo automáticamente hasta la primera cita disponible.
  • Reparaciones cuyo plazo objetivamente excede dos meses: por ejemplo, sustitución de DPF importado del fabricante con plazo de 3-4 meses. El operador puede admitir la extensión con justificante del taller que demuestre fecha de entrega del repuesto.

Si tu caso entra en alguna excepción, comúnícalo proactivamente al operador antes de que termine el plazo, no después. La documentación se aporta junto a la solicitud formal de extensión.

Coste de la segunda inspección por operador

Tres regímenes coexisten en España:

Régimen 1: gratuita total. La mayoría de operadores concesionales (Andalucía, Galicia, Comunidad Valenciana, etc.) ofrecen la segunda inspección completamente gratuita dentro del plazo de dos meses, en la misma estación. El inspector solo verifica el defecto previo, sin reinspeccionar todo el vehículo.

Régimen 2: tarifa reducida. Algunos operadores (Madrid liberalizado, algunos de Cataluña) aplican tarifa reducida de 10-25 € para la segunda inspección. La tarifa cubre el coste administrativo del segundo acto. No es excesivo pero conviene consultarlo antes de ir.

Régimen 3: tarifa completa al cambiar de estación. Si por alguna razón decides hacer la segunda inspección en otra estación distinta de la que emitió el informe desfavorable, pierdes el régimen reducido o gratuito. La nueva estación cobra tarifa completa porque es una nueva ITV desde cero (la segunda estación no tiene obligación de aplicar bonificación al informe de otra).

El procedimiento de la segunda inspección

La segunda inspección es más rápida y enfocada que la primera. Procedimiento típico:

  1. Reserva de cita previa en la misma estación (telefónica, online o presencial). En régimen liberalizado, mayor flexibilidad horaria.
  2. Presentación del vehículo con el defecto corregido y, opcionalmente, factura del taller que hizo la reparación. Algunos inspectores piden ver la factura como prueba documental.
  3. El inspector verifica exclusivamente la categoría con el defecto previo. Si la reparación es correcta, emite informe favorable que sustituye al desfavorable.
  4. Si la categoría sigue con defecto (la reparación no fue suficiente), el resultado es desfavorable de nuevo. En este caso, el plazo total de dos meses sigue contando desde la primera inspección, no se reinicia.

La segunda inspección no debe extenderse a otras categorías del vehículo aunque el inspector las vea defectuosas: solo se inspecciona la categoría del informe original. Si hay otras categorías con problemas evidentes que no figuran en el informe original, el inspector puede dejar nota informativa pero no puede convertirlas en motivo de desfavorable de la segunda.

Cambio de estación para la segunda inspección

La regla general es que la segunda inspección se hace en la misma estación que emitió el informe desfavorable. Hay tres razones para considerar cambiar:

  • Discusión del resultado original: si crees que la primera inspección fue técnicamente errónea (defecto inexistente o mal calificado), puedes presentarte en otra estación con el coche en condiciones para verificar. Si la segunda estación da resultado favorable, tienes argumento técnico para reclamar.
  • Geografía o conveniencia personal: si te has mudado de zona o tienes que ir a la estación original demasiado lejos, conviene pagar tarifa completa en otra estación más cercana.
  • Plazo agotado: si han pasado los dos meses, ya no hay segunda inspección bonificada. Vas a la estación que te convenga con tarifa completa.

Si la segunda inspección la haces en otra estación, declárate como ITV ordinaria, no como segunda. Pagas tarifa completa pero te ahorras la dependencia de la estación original.

Cómo discutir una decisión técnica del inspector

Cuando el conductor considera que la calificación del defecto es técnicamente errónea, tiene tres vías escalonadas:

Vía 1: solicitud de re-inspección al jefe de estación. La misma estación, ese día, presentas la objeción técnica al responsable. En algunos casos, revisa el resultado o pide una nueva pasada del banco de pruebas. No es derecho legal pero algunas estaciones lo conceden, especialmente en liberalizado.

Vía 2: reclamación formal ante el operador. Por escrito, dirigida al servicio de atención al cliente del operador. El operador debe responder en plazo de un mes. Si reconoce error técnico, emite nuevo informe favorable que reemplaza al desfavorable.

Vía 3: reclamación ante la administración autonómica. Cuando el operador no admite la objeción, la administración (Consejería de Industria) tiene competencia supervisora. Reclamación formal con argumentos técnicos. Resolución en plazo de tres meses. Si concurre defecto procedimental o técnico claro, la administración puede ordenar al operador la revisión del informe.

El "consejo" de algunos operadores: ir a estación menos exigente

En comunidades autónomas con régimen liberalizado circula la práctica informal de "ir a estación menos exigente" para conseguir favorable. Es legal (puedes elegir estación en Madrid o Cataluña) pero arriesgado: un vehículo con defectos reales sigue siendo peligroso, y si el defecto no detectado causa accidente, la responsabilidad técnica puede salpicar al titular.

Una estación más exigente que detecta un defecto leve está cumpliendo su función: alertar antes de que se convierta en grave. La pegatina amarilla es molesta pero informa de algo real. Buscar la estación que no lo detecta no resuelve el problema: solo lo aplaza.

Casos especiales

Vehículo desfavorable con defecto muy grave: no puede circular hasta corregirlo, ni siquiera para llevarlo a la estación. La segunda inspección requiere remolcar el vehículo al taller, reparar y luego remolcarlo a la estación. El coste de dos remolques (60-120 € cada uno) se añade al de la reparación.

Vehículo con defectos graves múltiples: si la primera ITV detecta defectos en varias categorías (frenos + emisiones + suspensión, por ejemplo), la segunda inspección verifica todas ellas. Si alguna sigue defectuosa, segunda inspección desfavorable.

Vehículo dado de baja temporal: durante la baja temporal (alta en el Registro pero no circula), la ITV no es obligatoria. Al reactivar, hay que pasar una ITV completa con tarifa completa, no segunda inspección.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta la segunda inspección?

Depende de la ordenanza autonómica y del operador. La mayoría son gratuitas si se realizan en la misma estación dentro de los dos meses. Algunos operadores aplican tarifa reducida de 10-25 € para la segunda inspección. Si han pasado los dos meses, pierdes el derecho y tienes que pagar tarifa completa de nueva ITV.

¿Puedo hacer la segunda inspección en otra estación?

En comunidades autónomas con régimen regulado, en general no: la segunda debe hacerse en la misma estación que emitió el informe desfavorable. En comunidades con régimen liberalizado (Madrid, Cataluña), algunos operadores aceptan segunda inspección de otros operadores pero cobran tarifa completa. Si la primera inspección fue manifestamente errónea, conviene rectificar en la misma estación primero.

¿Qué hago si pasan los dos meses y no he corregido el defecto?

El derecho a segunda inspección caduca. Debes presentarte a una nueva ITV completa con tarifa completa, no a una segunda inspección bonificada. Si circulas con ITV desfavorable caducada, sanción de 200 € por art. 76.q del RDL 6/2015 más posible inmovilización del vehículo si la sanción se acumula a otra grave.

Voces reales curaduría con fuentes verificables

Lo que dicen los conductores reales sobre el desfavorable y la segunda inspección

El coche queda inmovilizado salvo para ir al taller, aunque el accesorio que falló sea original de la marca: así arranca, una y otra vez, el relato del desfavorable en los foros de Alfistas, BMWMOTOS y Forocoches. Hemos recogido esas voces con cita textual y enlace verificable, desde el presupuesto real de legalizar una reforma antes de volver a pasar hasta el intento fallido de subsanar el defecto en el propio aparcamiento de la estación, pasando por reglas de plazo y coste que en 2011 ya se discutían con una normativa hoy derogada.

tengo un Giulietta 1.6 JTDM de 105CV del 2014. Hace 3 o 4 años le cambié el difusor trasero (ojo! original) y una cola de escape "falsa" […] En su momento ya pasé la ITV con todo puesto y sin ningún problema. […] ¿Cuál ha sido mi sorpresa? que hoy, después de 2 años, he tenido que volverla a pasar, y me la han rechazado precisamente por ese difusor y esa salida de escape. Me han inmovilizado el coche salvo para llevarlo al taller porque eso ¡es una reforma no homologada!

— tiffossi · Alfistas (hilo "ITV desfavorable por accesorio original") · octubre de 2023 · ver fuente

Este caso obliga a corregir dos expectativas muy extendidas. La primera: haber pasado inspecciones anteriores con el mismo montaje no crea ningún derecho adquirido; cada inspección se evalúa contra el manual vigente y el criterio del inspector de turno, y un montaje que se coló durante dos años no queda convalidado por ello. La segunda: que la pieza sea original de la marca no significa que esté amparada por la homologación de su vehículo concreto; como matiza otro usuario en el mismo hilo, si el difusor y la doble salida figuran en la homologación de tipo europea de esa versión, basta que la estación consulte las fichas del fabricante, pero si no figuran para esa versión concreta son una reforma y deben constar en la ficha técnica. Lo que no admite discusión es el efecto inmediato que describe, porque es el que fija el Real Decreto 920/2017: con el informe desfavorable, el vehículo solo puede circular para ir al taller y regresar a la estación a la segunda inspección. La rabia es comprensible; el marco legal, este.

Como te comentan, la solución pasa por acudir a una empresa que te haga el proyecto de homologación. Te hace el proyecto y lo envía a la ITV para que te lo metan en ficha. El coste con IVA unos 200 euros, más los casi 100 de la ITV. Es un sacacuartos, pero es lo que hay con la legislación vigente. Da igual que sean los accesorios originales de la casa, si no ha salido con ellos de fábrica hay que meterlos en ficha.

— Frrr · Alfistas (hilo "ITV desfavorable por accesorio original") · octubre de 2023 · ver fuente

Presupuesto de primera mano de lo que cuesta convertir un desfavorable por reforma en un favorable con la reforma legalizada: unos 200 euros de proyecto de ingeniería más la tasa de la inspección, y un suplemento por el certificado de montaje si la pieza la instaló uno mismo, detalle que añade en otro mensaje del hilo porque acababa de pasar por ello. La comparación que conviene retener es con el supuesto contrario: cuando el elemento venía de fábrica y el problema es puramente documental, el trámite es el código de reforma 11.0 —un certificado del fabricante y unos 10 euros—; cuando el elemento se añadió después, aunque sea original de la marca, hace falta legalizar la reforma con proyecto. Entre un supuesto y otro median unos 300 euros y varios desplazamientos. Y hay una implicación de calendario que el hilo no menciona: los dos meses de plazo para la segunda inspección corren mientras el proyecto se redacta, de modo que conviene encargar la homologación nada más recibir el desfavorable, no la víspera de volver a la estación.

me echaron para atras la moto en la ITV, con defecto grave, exceso de ruido. En el papel ponia claramente que, una subasanado el defecto debia presentar el vehiculo a una nueva inspeccion en la MISMA ITV […] Si la segunda inspeccion se hace dentro de los siguientes 15 dias habiles, no hay que pagar nada. Si la segunda inspeccion se hace antes de dos meses naturales, se paga el 70% Pasados dos meses hay que pagar la tarifa integra. Al parecer la cosa viene especificada, en el Real Decreto 711/2006 de 9 junio […] Al menos asi es en Madrid.

— Luis_v · BMWMOTOS.COM (hilo "ITV negativa ir a otra ITV") · febrero de 2011 · ver fuente

Esta voz tiene quince años y la recogemos precisamente por eso: permite separar lo que sigue vigente de lo que ya no lo está, porque estas reglas se siguen repitiendo en foros con la normativa antigua. Sigue vigente la regla de oro que su informe ya recogía en 2011: la nueva inspección se presenta en la misma estación —salvo autorización del órgano competente por causa justificada—, y esa es la única en la que se revisa solo el defecto señalado en lugar de empezar de cero. Ha cambiado el marco: el Real Decreto 711/2006 que cita fue derogado, y hoy rige el Real Decreto 920/2017, que fija en dos meses el plazo para subsanar y volver; agotado ese plazo, toca inspección completa nueva. Y la escala de precios que memorizó —gratis en quince días hábiles, el 70 por ciento antes de dos meses— ya no es una regla estatal: la tarifa de la segunda inspección la fija hoy cada comunidad y cada operador, gratuita en unas y una fracción de la tarifa en otras. El único consejo transportable a 2026 es preguntar plazo y coste en la propia estación, con el informe desfavorable en la mano, antes de salir de ella.

Confirmo que llevar una pantalla que sobresale del salpicadero es falta GRAVE.. Me acaba de echar la ITV para atrás por eso!!!!!!!! Estoy flipando.... Le he dicho...y si la quito ahora me das el ok y si no tengo que volver otro día y dice que no porque el hueco tiene que quedar perfectamente tapado. Yo la verdad es que no lo entiendo. A este paso ni el pino ambientador... Y a todo esto.... En servicio lo tienes que pagar!!!!

— pfepfe · Forocoches (hilo "Pantalla multifunción ITV desfavorable - Defecto Grave") · marzo de 2024 · ver fuente

Este diálogo junto a la bancada de la estación explica mejor que ningún reglamento por qué la segunda inspección existe como acto separado: la inspección certifica el estado del vehículo tal y como se presentó, y no puede convertirse en un taller improvisado donde se subsana en el aparcamiento y se vuelve a certificar sobre la marcha. La respuesta del inspector era además técnicamente correcta por partida doble, porque no basta con retirar la pantalla: el criterio del manual exige que el hueco del equipo original quede correctamente cerrado, y un salpicadero con el hueco abierto tampoco pasa. Su queja final —«en servicio lo tienes que pagar»— retrata el modelo de estaciones en régimen de concesión de su comunidad, donde la segunda inspección puede tener coste según el operador y el momento en que se vuelva. Y hay un dato de contexto que este mensaje aporta sin pretenderlo: publicado en marzo de 2024, meses después del caso que abre el hilo, confirma que el criterio sobre pantallas fuera del hueco original no fue la ocurrencia de un inspector aislado, sino un cambio de criterio del manual aplicado ya de forma sistemática.

Lo que se desprende: La indignación nace casi siempre de la misma paradoja: la ITV que se pasó sin problemas durante años deja de pasarse con el coche idéntico, o el accesorio es original de la marca pero no consta en la ficha. Las respuestas del foro oscilan entre la picaresca —quitar la pieza antes de la inspección y reponerla a la salida— y la resignación de pagar un proyecto de homologación. Y las reglas de la segunda inspección se transmiten de memoria y con normativa derogada, así que las corregimos con el marco vigente del Real Decreto 920/2017: dos meses para subsanar, nueva inspección en la misma estación donde solo se revisa el defecto señalado, y tarifas de segunda inspección que hoy fija cada operador o comunidad autónoma, no un real decreto de 2006.

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