Tipos de radares DGT en 2026 — fijo, móvil, tramo, velolaser y Pegasus
La Dirección General de Tráfico opera cinco tecnologías distintas de control de velocidad en las carreteras españolas. Cada una tiene un principio de funcionamiento, un marco legal y unas obligaciones de señalización diferentes, lo que implica que la vía de defensa frente a una sanción derivada de cada tipo de radar también es distinta. Conocer cómo funciona cada sistema no es curiosidad técnica: es información necesaria para circular con seguridad y para defender los propios derechos cuando la sanción es cuestionable.
Actualizado 2026-07-08 · Cristian Corrales, editor
Radar fijo: el más conocido y el único obligado a señalizarse
El radar fijo es el sistema de control de velocidad más antiguo y más reconocible del parque español. Se instala en un poste o cabina permanente al borde de la vía, opera las veinticuatro horas del día sin necesidad de presencia policial, y detecta la velocidad de cada vehículo que pasa por su zona de cobertura mediante tecnología Doppler o sensores piezoeléctricos embebidos en el asfalto.
La característica jurídica más relevante del radar fijo es que la normativa obliga a señalizar su presencia. El artículo 21 del Reglamento General de Circulación y la Instrucción 15/TV-102 de la DGT exigen que se coloque un panel informativo de velocidad controlada con antelación suficiente, de modo que el conductor disponga de margen para adaptar su velocidad antes de entrar en la zona de detección. En la práctica, esto se traduce en las conocidas señales azules con el pictograma de cámara que preceden a cada radar fijo.
Cuando el vehículo circula por encima del límite más el margen de tolerancia (entre un 5 y un 7 % según la velocidad límite de la vía, con un mínimo de 5 km/h), el radar captura una fotografía de la matrícula trasera y genera automáticamente un boletín de denuncia que se tramita a través del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas de León. El conductor recibe la notificación de la sanción en su domicilio o en la Dirección Electrónica Vial si la tiene activada.
La vía de recurso más frecuente contra un radar fijo es la impugnación por calibración vencida. Todo cinemómetro debe disponer de un certificado de verificación periódica expedido por un organismo metrología acreditado, con validez limitada. Si ese certificado estaba vencido en el momento de la captación, la prueba pierde valor jurídico y la sanción es anulable. También cabe recurrir por señalización defectuosa o ausente, especialmente en tramos en obras.
Radar móvil: el vehículo camuflado sin obligación de señalización
El radar móvil opera desde vehículos de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, habitualmente furgonetas sin rotulación policial visible que se estacionan en arcenes, áreas de descanso o medianas de autovías. El cinemómetro puede ser de tecnología Doppler o láser, y se instala en el interior del vehículo apuntando por la ventanilla trasera o por una abertura en el techo.
A diferencia del radar fijo, el radar móvil no tiene obligación legal de señalizarse. El fundamento es que opera como instrumento de vigilancia del agente, no como sistema automatizado fijo. Esto significa que no existe panel informativo previo ni señal de velocidad controlada antes del punto de medición. El conductor solo sabe que ha sido captado cuando recibe la notificación posterior, salvo que el agente decida detenerle en el acto para notificarle la denuncia in situ.
La DGT ha aumentado progresivamente la presencia de radares móviles en carreteras secundarias y convencionales, que concentran el mayor número de víctimas mortales por exceso de velocidad. Las furgonetas camufladas suelen rotar entre ubicaciones predeterminadas según criterios de siniestralidad del tramo, y su despliegue se intensifica durante operaciones especiales de tráfico y periodos de alta movilidad.
Las vías de recurso contra una multa de radar móvil son más limitadas que contra un fijo: no cabe alegar ausencia de señalización. Las líneas viables se centran en el certificado de calibración del cinemómetro, la identificación correcta del vehículo y del conductor, y los defectos formales del procedimiento sancionador. Para los detalles del recurso, ver la guía sobre cómo recurrir una multa de tráfico.
Radar de tramo: velocidad media entre dos puntos
El radar de tramo es, conceptualmente, el sistema más difícil de esquivar porque no mide la velocidad en un punto concreto sino la velocidad media del vehículo a lo largo de un tramo de carretera. Una primera cámara, instalada al inicio del tramo controlado, lee la matrícula del vehículo y registra el instante exacto de paso. Una segunda cámara al final del tramo hace lo mismo. El sistema calcula el tiempo transcurrido entre ambas lecturas, lo divide por la distancia conocida del tramo, y obtiene la velocidad media.
Si la velocidad media resultante supera el límite de la vía más el margen de tolerancia aplicable, se genera automáticamente el boletín de denuncia. La ventaja operativa de este sistema es que frenar bruscamente ante la primera o la segunda cámara no sirve de nada: lo que cuenta es el tiempo total recorrido entre ambos puntos. Para circular por debajo del límite, el conductor necesita mantener velocidad legal durante todo el tramo, que puede tener desde uno hasta quince o veinte kilómetros de longitud.
En España operan más de 120 secciones de tramo en 2026, concentradas en autovías y autopistas de alta siniestralidad: la AP-7 en la costa mediterránea, la A-3 entre Madrid y Valencia, la A-6 hacia la meseta norte, y varios túneles de carreteras de montaña. La DGT continúa instalando nuevos tramos cada año como parte de su estrategia de reducción de la siniestralidad por exceso de velocidad sostenido.
La vía de recurso específica del radar de tramo es la impugnación del cálculo de velocidad media. Los argumentos que han prosperado en algunos Tribunales Superiores de Justicia incluyen defectos en la sincronización de los relojes de ambas cámaras, error en la medición de la distancia del tramo, y situaciones donde el vehículo se detuvo en el interior del tramo (parada de emergencia, repostaje en área de servicio dentro del tramo controlado) sin que el sistema lo descuente del cálculo.
Velolaser: el cinemómetro invisible de última generación
El velolaser es la incorporación más reciente al arsenal de la DGT y el sistema que más preocupa a los conductores por su dificultad de detección. Se trata de un cinemómetro compacto, del tamaño aproximado de una caja de zapatos, que utiliza tecnología láser infrarroja para medir la velocidad de los vehículos con alta precisión.
La clave del velolaser es su versatilidad de instalación. Se puede fijar temporalmente sobre guardarrailes, postes de señalización, farolas, quitamiedos, señales de tráfico o incluso sobre el portaequipajes de una motocicleta estacionada del equipo de vigilancia. No necesita cabina ni infraestructura permanente, y su tamaño reducido hace que pase desapercibido para los conductores a velocidad de circulación normal.
El agente que lo opera no necesita estar físicamente junto al dispositivo. Lo controla remotamente desde una tablet conectada por red inalámbrica, normalmente desde un vehículo aparcado a varios cientos de metros del punto de medición. Cuando el velolaser detecta un vehículo por encima del límite, genera automáticamente la prueba fotográfica y la transmite al agente, que puede decidir detener al conductor o tramitar la denuncia por vía ordinaria.
La expansión del velolaser en carreteras secundarias y convencionales es una de las líneas estratégicas de la DGT en 2026, dado que estas vías concentran el mayor número de accidentes mortales y tradicionalmente han tenido menor cobertura de radares fijos por el elevado coste de la infraestructura permanente. El velolaser resuelve esa ecuación económica: un único dispositivo, operado por un agente con tablet, puede cubrir múltiples puntos de una misma carretera en una sola jornada.
Pegasus: vigilancia aérea desde helicóptero
El sistema Pegasus es el nombre que recibe el conjunto de cámaras y sensores instalados en los helicópteros de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. No es un radar en sentido estricto, sino un sistema integral de vigilancia aérea que combina cámaras de alta resolución con zoom, cámaras térmicas, sistemas de lectura automática de matrículas y software de análisis de tráfico en tiempo real.
Pegasus puede detectar exceso de velocidad estimando la velocidad del vehículo por referencia a marcas viales conocidas y al tiempo transcurrido entre puntos de referencia, pero su capacidad va mucho más allá del control de velocidad. Desde el helicóptero, los agentes pueden identificar conductores que usan el móvil al volante (la resolución de las cámaras permite ver el dispositivo en la mano), detectar distancia de seguridad insuficiente entre vehículos, documentar adelantamientos indebidos en línea continua, y observar circulación por arcén o cambios de carril peligrosos.
El despliegue de Pegasus no es continuo sino puntual, vinculado a operaciones especiales de tráfico. Los periodos de mayor actividad son la Semana Santa, los puentes de mayo y diciembre, las operaciones de salida y retorno de vacaciones de verano, y las jornadas de alta siniestralidad identificadas por la DGT. Los helicópteros operan principalmente sobre autovías y autopistas de gran capacidad, donde la densidad de tráfico justifica la inversión del recurso aéreo. En el verano de 2026 ese refuerzo tiene fechas concretas: el dispositivo de la operación salida de agosto activa helicópteros con Pegasus y drones desde el viernes 31 de julio, y la DGT ha programado además una campaña específica de control de velocidad entre el 17 y el 23 de agosto. El conductor sancionado en uno de esos controles pierde entre dos y seis puntos según el exceso; cuándo se recuperan los puntos y si compensa adelantarlos con el curso parcial lo detallamos en la guía correspondiente.
La vía de defensa frente a una sanción derivada de Pegasus tiene particularidades. La prueba se basa en la grabación de video desde el helicóptero, que debe demostrar de forma inequívoca la infracción. Las limitaciones probatorias incluyen la dificultad de identificar con certeza al conductor (solo se ve el vehículo desde arriba), la dependencia de condiciones meteorológicas para la calidad de la imagen, y la necesidad de que las marcas viales de referencia estén en buen estado para la estimación de velocidad.
Márgenes de tolerancia y cómo se aplican
Todos los sistemas de control de velocidad operan con un margen de tolerancia que se aplica a favor del conductor. Este margen existe porque ningún instrumento de medida es absolutamente preciso, y la normativa metrología exige que las mediciones se corrijan por el error máximo admisible del aparato.
Para velocidades hasta 100 km/h, el margen habitual es de 5 km/h. Para velocidades superiores a 100 km/h, el margen es del 5 % sobre la velocidad medida. Esto significa que un vehículo captado a 125 km/h en una vía limitada a 120 km/h no sería sancionado, porque 125 menos el 5 % (6,25) da 118,75 km/h, por debajo del límite. En la práctica, el sistema automatizado ya aplica este margen antes de generar el boletín de denuncia, por lo que la velocidad que aparece en la notificación es la velocidad corregida, no la velocidad bruta captada por el cinemómetro.
Un matiz importante: el margen de tolerancia no es un "margen para circular por encima del límite". El límite es el límite, y circular a 125 km/h en una vía de 120 km/h es exceso de velocidad aunque no genere sanción por el margen del aparato. En caso de accidente, circular un solo kilómetro por hora por encima del límite puede tener consecuencias jurídicas en la determinación de responsabilidades, con independencia de si el radar habría generado denuncia o no.
Defensa frente a cada tipo de radar: vías específicas
La vía de recurso más eficaz depende directamente del tipo de radar que ha generado la sanción, porque cada tecnología tiene vulnerabilidades jurídicas distintas.
Para radares fijos y móviles, la línea de defensa clásica es la verificación del certificado de calibración del cinemómetro. Todo aparato de medida debe disponer de un certificado de verificación periódica expedido por un organismo acreditado (en España, normalmente el Centro Español de Metrología o laboratorios delegados). Si el certificado estaba vencido en la fecha de la captación, o si no existe, la medición carece de validez metrología y la sanción es anulable. Nuestra guía sobre recurso por radar con calibración caducada detalla el procedimiento.
Para radares de tramo, la línea específica es la impugnación del cálculo de velocidad media: error en la distancia del tramo, desincronización de relojes entre cámaras, o parada del vehículo dentro del tramo no descontada del cálculo. También es relevante verificar que ambas cámaras tengan verificación metrología vigente.
Para el velolaser, al ser tecnología más reciente, la jurisprudencia es aún escasa, pero las líneas de defensa se centran en la verificación metrología del dispositivo (que debe cumplir la misma normativa que cualquier cinemómetro) y en la calidad de la prueba fotográfica generada. Dado que el dispositivo es portátil y se instala en ubicaciones variables, también cabe cuestionar si la posición de instalación cumple las especificaciones del fabricante para una medición fiable.
Para Pegasus, la defensa se centra en la calidad de la prueba videográfica y en la identificación inequívoca del vehículo y del conductor. La estimación de velocidad desde el aire tiene un margen de error inherente que puede cuestionarse si la DGT no aporta las marcas viales de referencia utilizadas para el cálculo.
En todos los casos, las vías generales de recurso (defecto de notificación, prescripción, error de identificación) se aplican con independencia del tipo de radar. La calculadora de multa con plantilla de recurso permite generar el escrito adaptado a la causa más prometedora para cada situación concreta.
Preguntas frecuentes
Los radares fijos están obligados por ley a señalizarse?
Sí. La normativa vigente (artículo 21 del Reglamento General de Circulación y la Instrucción 15/TV-102 de la DGT) obliga a señalizar la presencia de radares fijos con paneles informativos de velocidad controlada. La señal debe ser visible con antelación suficiente para que el conductor adapte su velocidad antes de la zona de detección. Si un radar fijo carece de señalización adecuada, la sanción derivada puede ser recurrible por defecto procedimental. En la práctica, la gran mayoría de radares fijos están correctamente señalizados, pero en tramos en obras o con señalización provisional se producen situaciones donde el panel informativo queda oculto o retirado, lo que abre una vía de recurso con probabilidades razonables.
Cómo funcionan los radares de tramo y cómo se calcula la velocidad?
El radar de tramo no mide la velocidad instantánea del vehículo, sino la velocidad media entre dos puntos. Una cámara lee la matrícula a la entrada del tramo controlado y otra cámara la lee a la salida. El sistema calcula el tiempo transcurrido entre ambas lecturas, conoce la distancia exacta del tramo, y obtiene la velocidad media. Si esa media supera el límite de la vía más el margen de tolerancia aplicable (entre un 5 y un 7 % según la velocidad límite), se genera el boletín de denuncia. La ventaja para la DGT es que este sistema no se evita frenando ante la cámara: el conductor tendría que mantener velocidad legal durante todo el tramo. En España operan más de 120 secciones de tramo, concentradas en autopistas y autovías de alta siniestralidad.
Qué es un velolaser y dónde se colocan?
El velolaser es un cinemómetro láser de última generación, compacto y portátil, que la DGT ha ido desplegando progresivamente desde 2019. Se instala sobre guardarrailes, postes de señalización, farolas, quitamiedos o incluso sobre motocicletas estacionadas del equipo de vigilancia. Su principal característica técnica es que se opera remotamente por un agente con una tablet desde un vehículo aparcado a cierta distancia, sin necesidad de estar físicamente junto al dispositivo. Esto lo hace casi indetectable para los conductores, porque no hay vehículo policial visible junto al punto de medición. Mide velocidad por tecnología láser infrarroja con alta precisión y genera prueba fotográfica automática de la infracción.
El helicóptero Pegasus puede multar por exceso de velocidad?
Sí, aunque su función principal no es la medición de velocidad sino la vigilancia integral del tráfico. El sistema Pegasus opera desde helicópteros de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y combina cámaras de alta resolución con sistemas de lectura automática de matrículas. Puede detectar exceso de velocidad estimando la velocidad del vehículo por referencia a marcas viales y al tiempo transcurrido entre puntos conocidos, pero también detecta otras infracciones como uso del móvil al volante, distancia de seguridad insuficiente, adelantamientos indebidos y circulación por arcén. Se despliega principalmente durante operaciones especiales de tráfico: Semana Santa, puentes, Navidades y la operación salida y retorno de verano.
Puedo recurrir una multa de radar móvil que no estaba señalizado?
La ausencia de señalización no es por sí sola causa de anulación de la multa de un radar móvil, porque la normativa no obliga a señalizar los controles móviles de velocidad. El fundamento legal es distinto al de los fijos: el radar móvil opera como instrumento de vigilancia del agente, no como sistema fijo de control. Las vías de recurso viables contra una multa de radar móvil se centran en otros aspectos: certificado de calibración del cinemómetro vencido o inexistente, defecto en la identificación del vehículo o del conductor, errores formales en la notificación, o prescripción del expediente. La tasa de éxito del recurso contra radares móviles es inferior a la de los fijos precisamente porque la prueba suele ser más robusta.
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Fuentes y metodología
- DGT — Dirección General de Tráfico — mapa oficial de radares fijos y datos de despliegue de cinemómetros 2026.
- RACE — Real Automóvil Club de España — informes técnicos sobre tipos de radares y márgenes de tolerancia.
- Reale Seguros — Tipos de radares en España — clasificación técnica y datos de funcionamiento del velolaser y Pegasus.
- RDL 6/2015 sobre Tráfico — Artículos 76-77 — régimen sancionador por exceso de velocidad.
- Reglamento General de Circulación — Artículo 21 — obligaciones de señalización de sistemas de vigilancia.