Perito de seguros
También: perito tasador · perito de aseguradora · tasador siniestro
Profesional designado por la aseguradora (o por el asegurado en su caso) para valorar técnicamente los daños de un siniestro, determinar la causa probable y proponer una indemnización ajustada al daño real.
Actualizado el · Fuente: Ley 50/1980 de Contrato de Seguro — Artículo 38 · Cristian Corrales, editor independiente
El perito de seguros es el profesional independiente o vinculado a la aseguradora que valora técnicamente los daños tras un siniestro y propone una indemnización a la compañía. En el sector del seguro de coche, los peritos son habitualmente ingenieros técnicos o profesionales con formación específica que examinan el vehículo siniestrado, valoran los daños materiales y, en algunos casos, evalúan la verosimilitud de la versión del asegurado respecto a las circunstancias del siniestro.
El procedimiento habitual tras un parte con daños materiales relevantes empieza con la designación de un perito por la aseguradora que visita el taller donde está el vehículo o el lugar del siniestro. El perito elabora un informe técnico con descripción de daños, presupuesto de reparación, valoración del valor venal del vehículo en caso de siniestro total y observaciones sobre la causa probable del daño. Ese informe es la base sobre la que la aseguradora calcula la indemnización propuesta al asegurado.
El asegurado puede discrepar de la valoración del perito designado por la aseguradora y solicitar contraperitaje. El artículo 38 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro regula el procedimiento de discrepancia: cada parte designa su perito, los dos peritos intentan acuerdo y, si no lo alcanzan, se designa un tercer perito por sorteo entre los inscritos en el colegio profesional correspondiente. La decisión de los dos peritos coincidentes o, en su defecto, del tercero, es vinculante para las partes salvo impugnación judicial en plazo de 30 días.
En siniestros con sospecha de fraude, la aseguradora puede designar peritos especializados en investigación de daños que examinan con detalle la coherencia entre la versión del asegurado y las marcas físicas del vehículo, las pruebas testimoniales y los datos telemáticos cuando existen. El informe pericial es prueba relevante tanto en la vía civil de denegación de cobertura como en la eventual denuncia por estafa al seguro del artículo 248 del Código Penal.
Cuando el asegurado decide activar el procedimiento del artículo 38, conviene anticipar el coste. Los honorarios del perito propio suelen estar entre 250 y 450 € por siniestro de vehículo turismo; el tercer perito desempatador puede sumar otros 300-500 €. La aseguradora se hace cargo de la mitad si el laudo le da la razón parcialmente. La inversión solo compensa cuando la diferencia entre la valoración de la compañía y la pretensión del asegurado supera holgadamente esos honorarios, supuesto frecuente en siniestros con valor venal discutido o reparaciones cercanas al umbral de declaración de siniestro total.
Dónde aplica este término
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