Glosario del conductor

Tacógrafo digital

También: tacógrafo electrónico · tacógrafo inteligente · control de tiempos de conducción

Dispositivo electrónico obligatorio en vehículos de transporte profesional que registra automáticamente los tiempos de conducción, descansos y otras actividades del conductor conforme al Reglamento (UE) 165/2014.

Actualizado el · Fuente: Reglamento (UE) 165/2014 sobre los tacógrafos en el transporte por carretera · Cristian Corrales, editor independiente

El tacógrafo digital es el dispositivo electrónico que registra automáticamente la actividad del conductor profesional para verificar el cumplimiento de los tiempos máximos de conducción y mínimos de descanso establecidos por el Reglamento (UE) 561/2006. Es de instalación obligatoria en vehículos de transporte de mercancías con masa máxima autorizada superior a 3.500 kg y en vehículos de transporte de viajeros con más de nueve plazas. La regulación técnica está en el Reglamento (UE) 165/2014 que sustituyó al tacógrafo analógico tradicional y estableció el formato digital con tarjeta personal del conductor.

El funcionamiento se apoya en cuatro elementos diferenciados. La tarjeta del conductor es de uso personal e intransferible, contiene la identidad del titular y registra su actividad acumulada durante 28 días. La tarjeta de la empresa registra la actividad de los conductores que utilizan vehículos de la flota. La tarjeta del taller habilita a centros autorizados para calibrar y verificar el aparato. Y la tarjeta del agente de control permite a las fuerzas de inspección descargar y analizar los datos registrados en una inspección en carretera.

Las generaciones del tacógrafo digital se han ido sucediendo con mayores capacidades. El tacógrafo inteligente de segunda generación, obligatorio en vehículos matriculados desde el 21 de agosto de 2023, incorpora geolocalización por GNSS, comunicación remota con la administración para inspecciones telemáticas y mayor capacidad de almacenamiento. La sustitución progresiva del parque continúa durante 2026, con plazos específicos para vehículos más antiguos.

El incumplimiento de los tiempos máximos de conducción o el manejo inadecuado del tacógrafo es infracción grave o muy grave según la entidad de la falta. La sanción por superar los tiempos de conducción puede llegar a los 4.001 € por evento, con repercusión adicional sobre el empresario titular del vehículo. Los datos del tacógrafo son además prueba habitual en procedimientos por accidentes de tráfico con vehículos profesionales, donde la verificación del estado del conductor en el momento del siniestro es decisiva.

El conductor debe conservar y descargar los datos de su tarjeta personal antes de los 28 días (vencido ese plazo el dispositivo sobrescribe los registros antiguos). La empresa, por su parte, está obligada a descargar los datos del vehículo cada 90 días y custodiarlos durante al menos un año. Existen servicios de gestión telemática que automatizan ambas descargas, evitando sanciones por incumplimiento documental. La autoridad puede requerir los registros durante una inspección administrativa en sede empresarial sin previo aviso.

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